Ha llegado el mes de diciembre y con ello el pago del aguinaldo, que es un derecho establecido en la Ley Federal del Trabajo y que se debe otorgar antes del 20 de este mes, o en cientos casos hasta el 20 de enero si se trata de trabajadores del Estado.
Bernardo Prum, director comercial de la comparadora de servicios financieros Coru.com, explica que los empleados que tienen derecho a recibir esta prestación son aquellos que hayan laborado el año completo o solo una parte de éste, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Esto es todos los trabajadores que cuenten con un contrato activo y que hayan laborado, o no, el año completo, no importando si es una contratación de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra, por tiempo determinado o por períodos eventuales.
Así como los trabajadores que tienen un esquema de comisiones, agentes de comercio o seguros, vendedores y demás, siempre y cuanto se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
(Con información de 889noticias)