Alcoholímetros, requisito para vender bebidas alcohólicas

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A partir de esta semana todos los establecimientos mercantiles del estado de México que expendan bebidas alcohólicas para el consumo inmediato, al copeo o en botella abierta deberán contar con alcoholímetros, a fin de medir los niveles de alcohol en los clientes que así lo soliciten, y abonar a la prevención de accidentes y daños a la salud.

Los lugares que no cumplan con esa disposición se harán acreedores a sanciones que en este caso serán clausuras temporales y permanentes y la obligación es que por cada 30 personas de capacidad de aforo, esos lugares coloquen un alcoholímetro en el interior del establecimiento.

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Los aparatos serán revisados, autorizados y certificados por la Secretaría de Salud para que cumplan con la calidad, autonomía, eficiencia y precisión exigidas, entre ellas: que realicen la prueba en un tiempo menor a 60 segundos y cuenten con una memoria para más de mil pruebas realizadas para generar estadísticas. Las boquillas se cambiarán con cada prueba

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