A partir del 1 de enero de 2019 se deberá suministrar diésel de ultra bajo en azufre en todo el territorio nacional, de acuerdo con la NOM-016, salvo en la región del Bajío-Centro, dijo la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Las excepciones se terminarán el próximo 30 de junio, cuando concluya la vigencia de la zona de convivencia temporal, precisó el órgano regulador en un comunicado.
Indicó que NOM establece que, a más tardar el 31 de diciembre de 2018, el diésel automotriz que se suministre en el país debe ser de ultra bajo azufre (15 mg/kg), con el fin de contribuir en la reducción de las emisiones contaminantes para proteger la salud de la población.
No obstante, el artículo quinto transitorio de la norma establece que la CRE puede revisar las condiciones del mercado, con la finalidad de evaluar la pertinencia de delimitar zonas de convivencia de diésel convencional y diésel de ultra bajo azufre.
Tras diversas reuniones se concluyó que las refinerías de Tula y Salamanca no cuentan con la capacidad para producir diésel de ultra bajo azufre y que la infraestructura de transporte y almacenamiento es limitada en ares de influencia de dichas refinerías.
Debido a lo anterior, el Órgano de Gobierno de la CRE aprobó el Acuerdo A/065/2018 mediante el cual se establece que la región Centro-Bajío (algunos municipios de los estados de Aguascalientes, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas), será excluida de la norma de manera temporal.
Esto con el objetivo de garantizar el suministro confiable de diésel en la región sin menoscabo de las normas medioambientales en materia de emisiones vehiculares, explicó la Comisión.
Las entidades federativas y los municipios que no se encuentren en listados en la zona de convivencia temporal tendrán un plazo para llevar a cabo la limpieza y acondicionamiento de la infraestructura de almacenamiento y transporte.
(Con información de lopezdoriga)