Tuesday 16 de April del 2024

Automovilistas podrán impugnar multas

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Los automovilistas podrán impugnar las multas de tránsito que reciban desde mañana cuando sientan abuso o “mala leche” de los agentes autorizados para infraccionar.

De acuerdo al nuevo Reglamento de Tránsito, los conductores podrán defenderse ante estos abusos e interponer un juicio de nulidad ante la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSP-DF) o ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Para hacerlo, deberán seguir lo que marca la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, en la cual se estipula que tienen un plazo de 15 días hábiles para inconformarse por escrito por la multa.

Este escrito debe ser enviado a la SSP-DF o ingresado al Tribunal de lo Contencioso Administrativo y en él se debe detallar: el órgano administrativo a quien se dirige, nombre del promoverte y del tercero perjudicado si lo hubiere y se debe precisar el acto que impugna, así como la fecha en que fue notificado de la misma.
Asimismo, el escrito debe señalar la descripción de los hechos, es decir, el antecedente de la multa que se impugna, los agravios que le causan y los argumentos de derecho en contra de la misma.

autos

Tras ingresar el recurso de queja, se iniciará un juicio que culminará con la anulación de la multa o con el rechazo de la inconformidad.

De acuerdo al Reglamento de Tránsito, los agentes autorizados para infraccionar deben de seguir los siguientes pasos: identificarse, reportará inmediatamente por radio el motivo por el cual detiene al conductor, así como la matrícula y/o las placas del vehículo, señalará al conductor la infracción que cometió y le mostrará el artículo del Reglamento que lo fundamenta.

Asimismo, le solicitará al conductor del vehículo la licencia para conducir, la tarjeta de circulación y en su caso la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigente, documentos que serán entregados para su revisión. En caso de no proceder la aplicación de sanción económica, amonestará al infractor por la falta cometida y lo conminará a transitar de acuerdo a lo estipulado en este reglamento.

Fuente: cronica.com.mx

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