Cazarán a quienes no den litros completos de gasolina

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A partir de este miércoles quienes no despachen litros completos de gasolina podrían enfrentar hasta seis años de cárcel ante la entrada en vigor de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos que fuera aprobada en diciembre pasado.

La venta de litros incompletos en las gasolinerías pasará a ser un delito de orden federal, es decir, se castigará en cualquier parte del país por parte de la Procuraduría General de la República (PGR).

De acuerdo con el artículo 16 de la nueva ley, quienes entreguen menos de 985 mililitros por litro se harán acreedores de tres a seis años en prisión y una multa de 219 mil a 438 mil pesos con la posibilidad de acceder a una fianza en caso de que la pena no rebase los cinco años de cárcel.

Gasolina

La pena por vender cantidades incompletas de gas licuado de petróleo o de gas natural será la misma que la anterior, aunque el margen de tolerancia es mayor teniendo como límite hasta un tres por ciento por debajo de lo que marque el medidor.

Para que proceda la averiguación previa será necesario que un órgano regulador o directamente la víctima interponga la denuncia ante el Ministerio Público Federal.

En total son 12 delitos específicos relacionados con los hidrocarburos los que serán castigados y aplicados a quienes participen directamente en el robo, almacenamiento o compra ilegal de los mismos, incluyendo funcionarios que sepan del caso y no alerten a las autoridades.

De esta manera, los ilícitos se estipularon de la siguiente forma:

  • Sustracción o aprovechamiento ilegal de hidrocarburos. (De 15 a 25 años de prisión)
  • Compra, resguardo o alteración ilegal de hidrocarburos. (De 2 a 15 años de prisión)
  • Facilitar o prestar ayuda para cometer los delitos anteriores, (Hasta tres cuartas partes de las penas mencionadas)
  • A quien en una embarcación que simule ser de una empresa con derechos invada áreas de exclusión de hidrocarburos. (De 5 a 10 años de prisión)
  • A quien robe equipos o vehículos de industrias de explotación de hidrocarburos que si estén acreditadas. (De 3 a 15 años de prisión)
  • A los servidores públicos que conozcan que se podría estar cometiendo un robo de hidrocarburos y no lo denuncien. (De 1 a 6 años de prisión)
  • A quien comercialice hidrocarburos que no tengan los marcadores que permiten identificar la legalidad y procedencia de un combustible. (De 6 a 10 años de prisión)
  • A quien sea dueño de un predio o terreno donde sepa que hay una toma clandestina y no lo denuncie. (De 4 a 6 años de prisión)
  • A quien deliberadamente suministre una cantidad de gasolina o diesel que sea 1.5% inferior a la que marque el instrumento de medición o a quien deliberadamente suministre una cantidad de gas licuado o natural que sea 3% inferior a la que marque el instrumento de medición (De 3 a 6 años de prisión)
  • A quien altere sistemas de medición deliberadamente o sustituya combustibles por otras sustancias. (De 10 a 18 años de prisión)
  • A quien financie la comisión de alguno de los delitos que contempla la ley de hidrocarburos. (De 15 a 25 años de prisión)
  • A quien obligue por amenazas o coacción a cometer a alguien los delitos previstos en esta ley. (De 8 a 12 años de prisión)

Cabe señalar que las penas en materia de hidrocarburos se incrementaron más del doble de como se contemplaban en el Código Penal Federal.

Con información de Animal Político.

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