• Esta mujer otorgó un certificado de alumbramiento para que una pareja registrara a una menor de dos meses de edad como hija suya sin serlo.
• Es el primer asunto en el Estado de México donde se ha sentenciado a la persona que facilitó la comisión de cualquier modalidad del delito de trata de personas contemplado en la Ley General de Trata de Personas.
El Agente del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada de Trata de Personas de esta Fiscalía General de Justicia Estatal (FGJEM) acreditó la participación de Carmela Hernández de la Cruz, quien laboraba como partera, en el delito de trata de personas, en la modalidad de adopción ilegal, por lo que un Juez le dictó una sentencia condenatoria de tres años de prisión.
Hernández de la Cruz otorgó un certificado de nacimiento a Adrián Solís Mancera y Rosa Laura Parada Ortiz para que registraran como hija suya a una menor de dos meses de edad, que les fue vendida por Juan Carlos Hernández Béjar y Patricia Martínez Bernal, en septiembre del año 2018. Cabe recordar que Juan Carlos Hernández Béjar y Patricia Martínez Bernal fueron detenidos en octubre del año 2018 y han sido sentenciados a 10 condenas, una de ellas por trata de personas y nueve más por feminicidio; una de éstas emitida en febrero pasado por prisión vitalicia.
De acuerdo con las indagatorias realizadas por personal de esta Institución, se pudo determinar que el día 6 de septiembre de ese año, Juan Carlos y Patricia asesinaron a una mujer en un inmueble del municipio de Ecatepec; a la hija de la víctima, una pequeña de dos meses de nacida, la vendieron a la pareja conformada por Solís Mancera y Parada Ortiz.
Días después, el 23 de septiembre esta pareja acudió con la ahora sentenciada a su domicilio ubicado en la calle Bambú, de la colonia La Palma, en Santa María Tulpetlac, para que en su calidad de partera les otorgara un certificado de alumbramiento para registrar a la menor de dos meses de edad como hija suya, sabiendo Carmela que no lo era.
Esta mujer les otorgó dicho certificado lo que facilitó que esta pareja registrara a la pequeña como hija suya el día 24 de septiembre del año 2018.
Cabe mencionar el día 4 de octubre del año 2018, elementos de la FGJEM detuvieron a Juan Carlos y Patricia, por ser investigados por el feminicidio de una mujer de 28 años de edad, quien fue reportada como desaparecida junto con su hija de dos meses de edad, en la colonia Jardines de Morelos, el día 6 de septiembre de ese año.
Tras ser cuestionados Juan Carlos y Patricia sobre el paradero de la bebé dijeron haberla vendido a una pareja, por ello fue realizado un operativo que permitió la localización y recuperación de la pequeña, así como la detención de los compradores Adrián Solís Mancera y Rosa Laura Parada Ortiz.
El 20 de mayo del año 2019 un Juez dictó sentencias de cuatro años y seis meses de prisión para los cuatro partícipes de estos hechos: Juan Carlos Hernández Béjar, Patricia Martínez Bernal, Adrián Solís Mancera y Rosa Laura Parada Ortiz, a quienes además les fueron fijadas diversas multas.
Con el avance en la indagatoria fue posible identificar a Carmela Hernández de la Cruz como probable partícipe en estos hechos, por ello el Representante Social solicitó a un Juez librar una orden de aprehensión en su contra.
Esta mujer fue aprehendida el pasado mes de mayo por Policías de Investigación (PDI), por lo que fue ingresada al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Ecatepec, en donde quedó a disposición de un Juez, autoridad que determinó vincularla a proceso, y mediante un procedimiento de juicio abreviado, le dictó esta condena por el ilícito de trata de personas, en la modalidad de adopción ilegal.
Además de la pena privativa de libertad, la acusada deberá pagar multas de 500 días de salario mínimo, así como 24 mil 180 pesos como reparación del daño, aunado a que sus derechos civiles y políticos quedaron suspendidos.
Cabe mencionar que es el primer asunto en el Estado de México donde se ha sentenciado a la persona que facilitó la comisión de cualquier modalidad del delito de trata de personas contemplado en la Ley General de Trata de Personas.