Friday 19 de April del 2024

EL #EDOMÉX ES LA ENTIDAD CON MÁS CASOS DE ACOSO SEXUAL EN LO QUE VA DEL SEXENIO DE AMLO

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• Los estados más seguros son Baja California, Colima, Aguascalientes Y Tabasco, todos con cero casos.
• Cada 63 minutos se registra un caso de Acoso.
• Cada año aumentan los casos en Edoméx.

En lo que va del sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador han ocurrido 22,290 casos de acoso sexual, siendo el estado de México la entidad donde más ocurren estás situaciones, seguido de CDMX y Querétaro, según datos recabados por la empresa encuestadora TreSearch.

Sobre tres entidades recae por lo menos el 50% de los casos de acoso sexual de todo el país, como son: Estado de México con 4,995 casos; Ciudad de México con 4,239 casos y Querétaro con 1,994, en total, entre los tres suman 11,228 casos de un total de 22, 290; por lo que en ellos recaen al menos la mitad en comparación con las otras 29 entidades.

Desglosados quedan así:

En Estado de México hay 4,995 casos de acoso sexual. En ciudad de México 4,239. En Querétaro 1,994. En Nuevo León 1,755. En Coahuila 1,069. En Jalisco 1,014. En Puebla 910. En Guanajuato 851. Oaxaca 763. San Luis Potosí 757. Quintana Roo 756. Zacatecas 375 . Michoacán 349. Baja California Sur 337. Sinaloa 332. Tamaulipas 322 . Chiapas 304. Durango 299. Guerrero 288. Sonora 244. Morelia 100. Chihuahua 87. Campeche 55. Nayarit 43. Yucatán 22. Veracruz 16. Tlaxcala 9. Hidalgo 5.
Y los estados donde no hay ningún caso denunciado por acoso sexual son Baja California 0. Colima 0. Aguascalientes 0. Y Tabasco 0.

CADA CUÁNDO SE REGISTRA UN CASO?

En México se registra un caso se acoso cada 63 minutos, de los cuales los casos registrados en lo que va del sexenio de Andres Manuel López Obrador se desglosan asi:
En el 2019 se registraron 4,220 casos es decir representa el 65% . En 2020 se registraron 5,596 , es decir el 33%. En 2021 fueron 7,060, es decir el 26%. Y en 2022 hasta el momento ha habido 5,414 casos, dando un total en estos casi 4 años de 22,290 casos.
Comparado con años anteriores por ejemplo hubo en el año 2018: 2,712. En 2017: 1,700. En 2016: 1,325. En 2015: 1,109.

AUMENTO DE CASOS

Y los estados donde ha aumentado el acoso sexual del año 2021 en comparación con el año 2022 son : Estado de México con 808 en el 2021 y en el 2022 aumentó considerablemente a 2154 casos, es decir casi tres veces.
Le sigue Ciudad de México con 818 casos en 2021 y en 2022 con 912. Nuevo León con 341 en 2021 y en el 2022 aumentó a 526. Querétaro en 2021 tuvo 412 y aumentó a 465 en 2022.

QUÉ ES EL ACOSO SEXUAL

El acoso sexual es la intimidación o acoso de naturaleza sexual o violación, promesas no deseadas o inapropiadas a cambio de favores sexuales. En la mayoría de contextos jurídicos modernos el acoso sexual es ilegal. Puede adoptar una variedad de formas. Incluye tanto la violencia física como las formas más sutiles de violencia como la coacción.

El acoso sexual puede perjudicar a personas de ambos sexos pero estadísticamente la mayoría de denuncias son de mujeres. Los acosadores ejercen este tipo de comportamiento en ambientes laborales, académicos, estudiantiles e incluso familiares. Está considerado un acto delictivo, que es sancionado en función de su gravedad y que puede llevar incluso a la privación de libertad del acosador.
Cuando una persona está siendo acosada, en lugar de reaccionar de manera obvia, lo que hay que hacer es no dejarse intimidar, conservar la calma y ser muy firme en la negativa ante cualquier chiste, insinuación, tocamiento etc., poner distancia de por medio inmediatamente, evitar estas compañías y denunciar cuanto antes cualquier conducta de acoso sexual. Es importante mencionar que si la víctima no se siente incomodada y aprueba esta conducta, en ese caso, solo en ese caso el acoso no es considerado un crimen, y el acosador no es considerado un criminal.

SANCIONES

La Organización de los Estados Americanos trata el acoso sexual como una cuestión de violencia contra las mujeres y no de discriminación. En consecuencia, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) ratifica el derecho de las mujeres a no ser objeto de violencia, incluído el acoso sexual laboral o en cualquier otro contexto, y exige a los Estados que sancionen y promulguen normas jurídicas para proteger a las mujeres frente al acoso y otras formas de violencia. El artículo 2 afirma que el acoso sexual en el lugar de trabajo, instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar constituye violencia contra la mujer.
En México, según el Artículo 237. – Al responsable del delito de hostigamiento sexual se le impondrá una sanción de uno a tres años de prisión y hasta cincuenta días multa.

Sólo 16 estados de la República tipifican como delito el acoso sexual:

Baja California Sur, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Coahuila, Tamaulipas, San Luis Potosí, Guanajuato, Querétaro,
Estado de México, Guerrero, Puebla,
Veracruz, Campeche, Quintana Roo.
Y en el resto del país sólo aparece la figura jurídica del hostigamiento sexual. La pena más alta es de 8 años de prisión.

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