Friday 29 de March del 2024

Ex gobernador priista de Colima robó 638 millones de pesos, pero solo pagará 500 millones

Escuchar Nota :
[responsivevoice_button voice="Spanish Female" buttontext="Play"]


Puede apelar… El exgobernador, Mario Anguiano Moreno, de origen priista, fue sancionado por el congreso de Colima con una inhabilitación para ejercer cargos públicos por 14 años y resarcir el daño económico al estado de Colima por 515 millones 174 mil 128 pesos, por irregularidades en el ejercicio de un crédito que ascendió 638 millones de pesos.

El exmandatario Mario Anguiano presentó información falsa al Congreso del Estado en su iniciativa del diez de septiembre de 2015, en la que solicitó reconocimiento de deuda por haber adquirido deuda pública para sufragar necesidades temporales del gasto corriente.

El dictamen a favor de las sanciones para los exservidores públicos señala que el Decreto 565 del 20 de septiembre de 2015, en su artículo primero, autorizó al Poder Ejecutivo refinanciar pasivos de corto plazo, destinados a inversión pública productiva, hasta por un monto de 638 millones de pesos.

El desvío de recursos es uno de los cuatro procesos que tiene pendientes ante la justicia Anguiano Moreno: uno por irregularidades que ascienden a mil 867 millones de pesos de recursos públicos, la compra irregular de un software que costó 66 millones de pesos y falta de registro contable en una donación de Pemex por 3 mil 400 toneladas de asfalto, 130 mil 200 litros de gasolina magna y 118 mil litros de diésel.

Por dichos temas pesan en contra del exmandatario estatal cuatro denuncias penales: tres ante la Procuraduría General de la República (PGR) y una ante la Fiscalía General del Estado.

Además de las sanciones a Anguiano Moreno, el Congreso sancionó a Rafael Gutiérrez Villalobos, ex secretario General de Gobierno, y a Blanca Isabel Ávalos Fernández, ex secretaria de Finanzas, a quienes inhabilitó por cinco y cuatro años, respectivamente.

Riult Rivera Gutiérrez, presidente de la Comisión de Responsabilidades, resaltó que los artículos 134 y 117 de la Constitución Mexicana establecen que los estados y municipios podrán contraer empréstitos sólo si se destinan a inversiones públicas productivas y a su refinanciamiento o reestructura y en ningún caso podrán destinar empréstitos para cubrir gasto corriente.

Comenta con tu cuenta de Facebook