La diputada local del PAN, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro propone reformar el Código Electoral del Estado de México, para que se incorpore a esta Legislación el prevenir, atender, sancionar y en su caso erradicar la violencia política de género; con la que se marcan reglas que involucran a los partidos políticos mismos que deberán establecer mecanismos para combatir la violencia política, promoviendo la igualdad de oportunidades entre sus militantes; se combate este acto discriminatorio en el desarrollo de los procesos electorales; determina atribuciones para autoridades electorales para que puedan desarrollar acciones y en su caso erradicar todo tipo de violencia o discriminación por cuestiones de género, y en ella también se establecen infracciones en las que puedan incurrir autoridades, partidos políticos, precandidatos y candidatos, y ciudadanos.
Ingrid Schemelensky manifestó que la violencia política continúa siendo uno de los principales obstáculos para el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres; y que si bien es cierto, ha aumentado la presencia y la participación política de las mexiquenses, también ha incrementado la violencia política en su contra.
La también Vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del PAN de la LX Legislatura Local, señaló que la Ley General en Materia de Delitos Electorales no considera la violencia política de género, por lo que no ha sido tarea fácil para las autoridades electorales perseguirla y sancionarla; detalló también que “el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Nacional Electoral, entre otras dependencias del orden Federal, encargadas de combatir la violencia política, elaboraron el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres, en razón de Género, con el compromiso decidido por garantizar el libre ejercicio de los derechos político-electorales, como parte integral de la protección de los derechos humanos de las mujeres”.
La violencia política por razones de género, detalló, es definida como todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer; que tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular nuestros derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo; así como los “ataques, que tienen como trasfondo la descalificación y una desconfianza sistemática hacia las capacidades de las mujeres y las posibilidades de hacer un buen trabajo o ganar una elección”.
Schemelensky Castro recordó que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, emitió la recomendación general 1/2018, en donde se abordó el tema de la violencia de género en contra de las mujeres y se señaló que los diversos niveles de gobierno y poderes del Estado, deben ejecutar planes y/o programas de trabajo que permitan prevenir y erradicar todo tipo de violencia.
La diputada local del PAN, subrayó que se ha legislado en materia de violencia política, en el Decreto 232 de fecha 5 de septiembre de 2017 de la LIX Legislatura del Estado de México; se tipificó como delito en el artículo 280 Bis del Código Penal local y se consideró en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México; sin embargo, es necesario normar de manera integral, para impulsar el combate a la violencia política de género.
La iniciativa presentada por la diputada Ingrid Schemelensky propone reformar y adicionar los artículos 7, 9, 37, 168, 185, 256, 390, 460, 461, 462, 463 y 465 del Código Electoral del Estado de México, para prevenir, atender, sancionar y en su caso erradicar la violencia política de género.