PGR publica reglas de actuación en casos de presunción de tortura

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La Procuraduría General de la República (PGR) dio a conocer las directrices institucionales que deberá seguir personal de esta dependencia para los casos en que se presuma la comisión del delito de tortura.

El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación tiene por objeto instruir a los agentes del Ministerio Público de la Federación, peritos médicos y psicólogos, y demás personal de la PGR, respecto de las diligencias mínimas que deben llevar acabo ante la probable comisión del delito de tortura. Así como establecer las directrices que rigen la aplicación del Dictamen Médico Psicológico Especializado para Casos de Posible Tortura u otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

El acuerdo indica que el citado dictamen se practicará con el previo consentimiento, expreso y mediante la suscripción de un formato, de forma individual y privada, por médicos y psicólogos para resguardar la intimidad de la persona examinada; en caso contrario se hará constar la negativa de la presunta víctima.

Destaca que se crea el Comité de Monitoreo y Evaluación del Dictamen Médico Psicológico Especializado, que integrarán la procuradora General de la República, como presidenta; los titulares de las subprocuradurías, de la Visitaduría General, del Órgano Interno de Control y de la Coordinación General de Servicios Periciales.

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Así como por dos representantes especialistas en la materia de combate a la tortura, pertenecientes a la sociedad civil, y uno del Consejo Mexicano de Medicina Legal y Forense, avalado por la Academia Nacional de Medicina.

También se crea el Grupo Consultivo del Comité de Monitoreo y Evaluación del Dictamen Médico Psicológico Especializado, que se conformará por el director General de Especialidades Médico Forenses de la Coordinación General de Servicios Periciales.

Así como por dos médicos forenses representantes de instituciones académicas, dos de instituciones forenses públicas, uno del Consejo Mexicano de Medicina Legal y Forense, dos más de organizaciones no gubernamentales y un representante de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad.

El Comité de Monitoreo será la instancia normativa de operación, control, supervisión, así como evaluación del Dictamen Médico Psicológico, mientras que el Grupo Consultivo podrá asesorar al comité sobre los aspectos técnicos, científicos y profesionales del área forense que conlleva la aplicación del citado dictamen.

Precisa que cuando se trate de actos atribuibles a servidores públicos de otras instancias de la Administración Pública Federal, otros Poderes de la Federación, o de algún organismo autónomo, el agente del Ministerio Público notificará a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales.

Lo anterior para que sea la citada Subprocuraduría, a través de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, la que inicie y determine la investigación correspondiente.

La PGR también publicó el acuerdo por el que se adicionan y reforman diversos preceptos del acuerdo por el que se establece el Sistema Institucional de Información Estadística (SIIE) como canal único para el flujo de información estadística relacionada con la investigación y el seguimiento de los procesos penales de la Procuraduría.

Ambos acuerdos entrarán en mañana martes; en el primero se instruye a todos los servidores públicos para que informen respecto de los asuntos que se encuentren en trámite en donde exista un posible caso de tortura, y se remitan a la unidad administrativa correspondiente de conformidad con el acuerdo.

También se pide a los subprocuradores Jurídico y de Asuntos Internacionales, de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, el Especializado en Investigación de Delincuencia Organizada, el Especializado en Investigación de Delitos Federales y de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad.

Así como al director en Jefe de la Agencia de Investigación Criminal; al titular de la Policía Federal Ministerial; al coordinador General de Servicios Periciales, y a los delegados de la PGR en los estados, para que supervisen la correcta aplicación del acuerdo y, en caso de incumplimiento tomen las medidas necesarias para evitarlo y lo notifiquen a la Visitaduría General de la Institución.

También se pide a la Oficialía Mayor destinar los recursos, humanos, materiales, financieros y tecnológicos, que permitan el cumplimiento del acuerdo, y a los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que realicen las acciones necesarias para la aplicación del mismo, en el ámbito de sus atribuciones.

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