Proceso para pedir apoyo de 11mp por muerte de familiar por Covid

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Este miércoles 2 de diciembre, a partir de las 09:00 horas, inició operaciones la plataforma para que familiares de personas fallecidas por Covid-19 soliciten un apoyo de 11 mil 460 pesos para gastos funerarios.

Zoé Robledo, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), detalló en la conferencia mañanera de este miércoles, el proceso para que las personas accedan a la ayuda.

Robledo destacó que el apoyo es “solidario, universal y directo” y se entrega en efectivo o mediante una transferencia bancaria.

“Se puede hacer solamente una solicitud por persona, pero no tiene ninguna implicación la seguridad social o ser derechohabiente de ninguna institución o el nivel socioeconómico. Es para todas las familias que hayan perdido a una persona por la enfermedad que causa el SARS-CoV-2 y el trámite es voluntario”, señaló.

-La plataforma para solicitar el apoyo es: deudoscovid.gob.mx

-Al ingresar a la plataforma, se tiene que registrar la CURP de la persona que ha fallecido, así como nombre, edad, sexo y causa de defunción. Se establece un botón para subir el archivo del acta de defunción.

-Se hace el registro de los datos del beneficiario. Se adjunta el documento que acredita el parentesco (acta de nacimiento, acta de matrimonio u otro).

-Establecer el mecanismo de pago: si va a ser por transferencia bancaria o por medio de un folio para el pago en efectivo en bancos.

-Declarar bajo protesta que el uso de los recursos es para la recuperación de la economía familiar.

-Generar un folio, que se hace de manera automática.

-Se puede solicitar cuando la persona falleció a partir del 18 de marzo, y hasta la declaratoria del final de la emergencia sanitaria. A partir de la fecha de defunción, el familiar tiene un año para solicitar el apoyo.

-Se otorga un apoyo por persona fallecida. El DIF es el encargado del sistema.

Beneficiarios y requisitos

-Los beneficiarios son los familiares de la persona fallecida, que sean mayores de 18 años. Implica cónyuge, concubina o concubino; descendiente en primer grado (hija o hijo) y ascendiente en primer grado (madre o padre).

-Los requisitos son: acta de defunción; declaratoria bajo protesta de decir verdad que los recursos serían utilizados para el apoyo de la economía familiar, derivada del gasto funerario; y acreditar el parentesco entre las personas.

-El tiempo de espera es de una semana porque se prevé que puede haber casos en los que otro familiar solicite el beneficio para la misma persona.

CASOS POSIBLES

Puede que la personas tenga internet pero no cuenta bancaria o cuenta con ambas.

En caso de que no tenga internet, la documentación o cuenta bancaria, puede acudir directamente a las oficinas del DIF para recibir información.

El director del IMSS indicó que los registros que comienzan a recibirse este 2 de diciembre, tendrán resolución a partir de la próxima semana, por el plazo para resolver controversias.

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