En Proceso ya he abordado el tema de la Guardia Nacional (https://www.proceso.com.mx/560678/mitos-y-verdades-del-plan-de-paz-y-seguridad). Ahora retomo el asunto con nuevos datos a la luz de la polémica que sigue existiendo. La Cámara de Diputados ha llevado a cabo una ronda de consultas sobre el tema la semana pasada para legislar sobre el tema. No había, como era de esperarse, expectativas de convencer con razones los juicios de valor formados sobre la participación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra los delitos de alto impacto. Hay lo que en psicología se denomina sesgo confirmatorio, el cual consiste en que la persona tiene la tendencia a buscar nuevos y viejos referentes que refuercen la realidad que percibe sobre un caso determinado. Y, por el contrario, a oír, pero no escuchar, posturas contrarias.
De entrada, hay que recordar que la Guardia Nacional se encuentra prevista en lo dispuesto en los artículos 89, fracción VII, y 76, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Me llamó mucho la atención la posición del Dr. Julio Sabines (@Mtro_Sabines) en esas mesas de discusión porque se aparta del discurso facilista de decir lo que espera que quiere escuchar la mayor parte de la audiencia.
Joven, bien preparado, egresado de nuestra Universidad Nacional Autónoma de México, Sabines deja claro puntos de importancia capital en esta temática:
Primero. Deja en claro que la Guardia Nacional no es traer el pasado inmediato (de @FelipeCalderon y @epn agregaría yo) al presente. Por el contrario, hay que conocer lo que ha pasado para no repetirlo y adoptar nuevos candados legales y paradigmas nuevos. Bien decía Santayana que quien no conoce su pasado está condenado a repetirlo. Julio hace un importante deslinde entre la polémica iniciativa de Ley Interior y la Guardia Nacional para ir despejando la confusión existente.
Segundo. Otro punto que no por lógico deja de ser muy importante es que Julio asevera (y es casi imposible contradecirlo con datos duros en la mano) que las Fuerzas Armadas no son violadoras sistemáticas de derechos humanos. El Ejército, la Fuerza Aérea y la Marina, agrega, son pueblo. Y tiene toda la razón: sería un despropósito sustentar que los miembros de las Fuerzas Armadas tienen un perfil psicológico y neurológico afecto a la violación de la Constitución y la ley. Ningún psiquiatra ni neurólogo podría científicamente probar semejante atrofia cerebral.
Tampoco, por supuesto, nadie podría probar exactamente lo contrario de las fuerzas del orden de origen civil, quienes en esa hipótesis tendrían en su sistema nervioso central un conjunto de neuronas predispuestas a hacer el bien y ajustarse a los derechos humanos como un mandato cerebral del que no se pueden resistir, salvo que quieran enfrentarse de entrada a las sanciones internas del arrepentimiento, de la culpa, de caer en una depresión profunda incapacitante que, en muchas ocasiones, es peor que una sanción legal.
Tercero. Julio pone además el dedo en la llaga: casi todos o al menos la inmensa mayoría de los detractores de la Guardia Nacional y de las fuerzas armadas no han sido testigos de primera mano al participar en operativos del ejército o la marina contra el crimen organizado para documentar sus dichos.
Cuarto. De igual forma, Julio hecha por tierra lo que se ha señalado sobre la “peligrosidad” de las fuerzas armadas en la Guardia Nacional: a) En los últimos años han tenido escasas recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, muchísimo menores que las dirigidas al IMSS, el ISSSTE y muchas otras instituciones que, por consecuencia, se acredita que hay mayores violaciones a los derechos humanos en las fuerzas armadas y si se sigue esa lógica ya deberían haber cerrado el IMSS y el ISSSTE por su peligrosidad; b) Se ha dicho que las fuerzas armadas participan cada vez menos en los países del mundo en temas ajenos a su función principal y ofrece datos de cómo es exactamente al revés al participar en tareas de rescate, de reconstrucción, de labores cartográficas, de complementariedad de las labores de la policía como Brasil y Colombia ( y agregaría Singapur, entre otros más) entre otras actividades de la vida pública.
Sexto. Es paradójico que la ley que da vida a la Guardia Nacional que se centra en la rendición de cuentas, la observancia estricta de los derechos humanos y la capacitación de este nuevo grupo de élite que responde a las necesidades de seguridad de la sociedad mexicana, se regatee en el Congreso, cuando de haberlo querido el presidente López Obrador se hubiera ido con las atribuciones que le otorga la Constitución Política sin ningún problema de constitucionalidad. Comparto todos y cada uno de los puntos expresados por este joven y destacado jurista de la UNAM porque argumenta con datos duros y ofrece información verificable que sustenta sus afirmaciones sobre la idoneidad de la Guardia Nacional.
(Con información de aristeguinoticias)