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SCJN discutirá inconstitucionalidad contra Ley de Movilidad capitalina

El próximo jueves discutirán las acciones que presuntamente violan los derechos humanos

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dará entrada para su análisis y discusión a una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Movilidad del Distrito Federal, promovida por las comisiones de los Derechos Humanos nacional y del Distrito federal.

La demanda de inconstitucionalidad es contra la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y contra el gobierno de la Ciudad de México, quienes autorizaron los Artículos 7, fracción II; 9, fracción LXIV; 69, fracción II; 213, 212 y 214 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, que presuntamente violan los derechos humanos.

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Los ministros de la SCJN discutirán a partir del próximo jueves las acciones de inconstitucionalidad 96/2014 promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) y 97/2014 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Entre los temas que analizarán será si con esta Ley de Movilidad se violó el derecho de las personas con discapacidad a la celebración de una consulta referente a la emisión de las normas impugnadas, previsto en el Artículo 4.3, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Otro tema, es el aviso previo a la realización de desfiles, caravanas, manifestaciones y peregrinaciones cuya finalidad sea perfectamente lícita, la que al parecer viola los derechos humanos de reunión, no discriminación, libertad de expresión y legalidad.

Además, los ministros determinarán si se violan los derechos de expresión y de reunión al prohibirse el uso de las vías primarias de circulación continua para dichas concentraciones, sin indicarse, además, cuáles son y autorizar su categorización o recategorización a la Comisión de Clasificación de Vialidades.

Finalmente la CNDH señaló respecto al derecho humano a la libertad de expresión, que el requisito de aviso constituye una medida preventiva, calificada como previa censura, que se encuentra prohibida convencionalmente.

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