NO EXISTE UNA PROTECCION ESPECIAL PARA LOS ADULTOS MAYORES EN LA “CONSTITUCION” MEXICANA

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México vive un proceso de envejecimiento acelerado que, a mediano y largo plazo, afectará de manera general a toda la población, por las distintas adecuaciones en políticas públicas que será necesario llevar a cabo, alertó la Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis (SEDIA) de la Cámara de Diputados.

Advirtió que en un lapso de entre 15 y 20 años, el gobierno en sus tres niveles deberá incorporar, en la legislación en la materia y en las políticas públicas de salud y sociales, acciones para atender situaciones propias de la tercera edad, así como crear circunstancias que les permitan contar con una vida digna.

En el documento “Adultos mayores. Análisis Integral de su Situación Jurídica en México”, la SEDIA precisó que, de acuerdo con las proyecciones de Consejo Nacional de Población (Conapo), nuestro país está encaminado a un perfil envejecido.

Relató que la población menor de 15 años disminuirá de 33.9 millones de personas en 2010, a 32.7 millones en 2020 y a 28.9 millones en 2050. El grupo de adultos mayores (65 años y más), aumentará su tamaño de 7.1 millones en 2010, a 9.8 millones en 2020 y a 23.1 millones en 2050.

Entre los factores que han influido para que se presente esta situación se encuentra la esperanza de vida, la que a partir de los 60 años es de 22.9 años para las mujeres y de 20.9 años para los hombres, es decir, se prevé que las mujeres alcancen la edad de 83 años y los hombres de 81.

Ante tales escenarios, tanto México como otros países han establecido diversos instrumentos y mecanismos de protección hacia este sector.

En el país, aún cuando la Constitución no menciona expresamente una protección especial, implícitamente los apoya a través del derecho a la no discriminación por motivos de edad, pues es el principal elemento que distingue a los adultos mayores.

Además, se cuenta con la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, la cual tiene por objeto garantizar su ejercicio para beneficio de esta población.

La SEDIA mencionó que existen otras leyes, como la de Salud, de Asistencia Social y la Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que contienen disposiciones relativas a los adultos mayores, dentro de sus respectivos ámbitos.

En México, continuó, el diseño e implementación de políticas públicas en materia de adultos mayores no es propio de la época actual, ya que su problemática se remonta a la época precolombina; sin embargo, por las actuales condiciones y su incremento requieren especial atención, para que se puedan cubrir sus necesidades.

De la LXI Legislatura a la fecha, expuso, han sido presentadas en la Cámara de Diputados 64 iniciativas, cuyos temas están relacionados con los adultos mayores, entre los que destacan nuevos conceptos como los de albergue, asilo o casa hogar, residencia o centro de día.

Proponen ampliar la edad que se tomará en cuenta para considerar a una persona como adulto mayor de 60 a 65 años; incorporar nuevos derechos; reconocer a la Geriatría como una especialización; dar protección contra el maltrato; expedir una Credencial para Votar para adultos mayores; tipificar como delito el abandono de esta población; buscar reincorporarlos a la vida productiva; darles acceso a las tecnologías de la información y comunicaciones, y crear la Procuraduría para la Defensa de las Personas Adultas Mayores.

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