Aprueban en Asamblea Legislativa endurecer penas por narcomenudeo

Escuchar Nota :
[responsivevoice_button voice="Spanish Female" buttontext="Play"]


La Asamblea Legislativa de la Ciudad de México aprobó la iniciativa de una serie de propuestas que envió meses atrás el ex jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera para endurecer las penas por narcomenudeo, en especial para agravar las sanciones para quienes hagan estas actividades en inmediaciones de centros educativos.

La noche del jueves, en la última sesión del actual periodo, los legisladores también aprobaron una iniciativa de iniciativas para castigar más fuerte la portación ilegal de armas de fuego.

En ambos casos las propuestas deberán enviarse para su análisis y posible aprobación a la Cámara de Diputados, pues se trata de propuestas para modificar leyes federales.

Entre las propuestas aprobadas en la Asamblea Legislativa en materia de combate a narcomenudeo están aumentar la pena de seis a 10 años de prisión al que posea algún narcótico en las cantidades señaladas en la Ley Nacional de Ejecución Penal sin la autorización correspondiente, siempre y cuando esa posesión sea con la finalidad de transportarlos, traficarlos, comerciarlos o suministrarlos, aun gratuitamente.

La pena actual es de 4 a 8 años de prisión.

A su vez, entre otros cambios, añade como agravante de este delito, cuando se cometa en centros educativos, asistenciales, policiales o de reclusión, o dentro del espacio comprendido en un radio que diste a menos de un kilómetro de los límites de la colindancia del mismo para aumentar la pena en la mitad.

También se proponen cambios a la Ley General de Salud.

En el tema de portación ilegal de armas, iniciativa promovida por el diputado del PRD, Leonel Luna, se propone reformar el artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y modifica la fracción XII del Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

El objetivo, dijo Luna, es proteger al ciudadano de la inseguridad que vive actualmente y prevé aumentar el castigo a quienes incurran en la omisión de registrar la posesión de su arma ante la Secretaría de la Defensa Nacional y de configurar el delito de portación de arma de fuego, sin licencia.

Comenta con tu cuenta de Facebook