JUEZ AFIRMA QUE EYACULACIÓN ES CONDICIÓN PARA ACREDITAR VIOLACIÓN SEXUAL

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En agosto del 2014 defensoras de Derechos Humanos denunciaron públicamente al artista gráfico oaxaqueño, César Chávez, presunto violador de una mujer y aunque dos años después fue detenido, el pasado 16 de abril el Juez Cuarto de lo Penal, Luis Salvador Cordero Colmenares, decidió dejarlo en libertad.

Organizaciones feministas y mujeres de Oaxaca emitieron un comunicado para exponer que César Chávez, integrante del colectivo Asamblea de Artistas Revolucionarios de Oaxaca (ASARO) y del proyecto Chicatana, fue liberado bajo argumentos estereotipados, prejuicios, burla y revictimizando a la víctima.

De acuerdo con la lógica expuesta en la sentencia, señalaron las organizaciones, vale más el dicho del procesado que el de la víctima, pues se exigió el testimonio de testigos de la violación y asegurando que la eyaculación es condición para la acreditación del tipo penal.

La resolución del Juez Cuarto, agregaron, pone sobre la mesa la gravedad del machismo en el Poder Judicial porque en este caso se consideró a la víctima responsable de la violación por no gritar y no poner resistencia sin tomar en cuenta que al momento de ser atacada estaba dormida.

Una de las consideraciones del juez para ordenar la inmediata liberación de César Chávez fue que la mujer agredida es una víctima indirecta, aun cuando ella es quien sufrió el daño directamente y que su declaración siembra duda de la forma en que fue “copulada”.

El impartidor de justicia consideró que la duda surge porque el acusado negó haber realizado la violación, porque la víctima había asistido a fiestas anteriormente, existían fotografías de la mujer semidesnuda en fiestas.

El juez también consideró que los testigos no vieron el momento de la violación, que no se probó que el acusado la obligara o ella se resistiera; sin embargo, las defensoras expusieron que la mujer se encontraba dormida cuando fue agredida.

Otra consideración para dejar en libertad al acusado fue que a decir del juez no se acreditó que Chávez estuviera en el lugar de los hechos aún cuando él mismo lo afirmó en su declaración, situación reafirmada por testigos y la víctima.

“Los argumentos presentados por el Juez mandan un mensaje de justificación y permisibilidad de la violación contra las mujeres, trasladando la responsabilidad del delito sexual a la agredida y no en el agresor”, expusieron las organizaciones.

Para los colectivos feministas esta resolución marca un precedente de impunidad y permisibilidad al delito de violación, por ello llamaron al Tribunal Superior de Justicia y al Consejo de la Judicatura Estatal a investigar la actuación del juez.

Pidieron además al Poder Judicial del estado de Oaxaca la destitución inmediata del juez Luis Salvador Cordero Colmenares por su falta de objetividad ante la violencia machista contra las mujeres y por el mensaje de permisibilidad de su sentencia.

En el estado de Oaxaca se tiene conocimiento de 108 casos de violencia sexual de diciembre del 2016 hasta abril, de acuerdo con reportes periodísticos, un tipo de violencia que ocupa el segundo lugar en las agresiones más frecuentes hacia las mujeres en el estado, sólo después de la violencia familiar.

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