En México, 30 de las 32 entidades federativas incluyen en sus leyes penales el delito de peligro de contagio.
Este tipo penal se refiere a cuando una persona que padece una enfermedad grave pone en riesgo intencionalmente a otra de contagiarse de esa enfermedad.
Este lunes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó este delito contemplado en el Código Penal en el estado de Veracruz, que hacía referencia a que las personas que padecen una “enfermedad de transmisión sexual u otra enfermedad grave” y que ponen en riesgo de contagio a otra de manera dolosa pueden enfrentar penas de hasta 5 años de prisión.
Los ministros invalidaron la parte de la ley que se refiere a “enfermedad de transmisión sexual” porque el Código no hacía diferencia entre las ETS graves y aquellas que no lo son.
Esto, al considerar que no es el mismo impacto que tiene el contagio de una enfermedad curable y que no pone en riesgo la vida, como el herpes genital, que el que tiene una enfermedad crónica, incurable que eventualmente y sin los cuidados necesarios puede poner en riesgo la vida, como el VIH o Hepatitis C.
Señalaron que la ley sólo debe referirse a enfermedades graves y que debe entenderse que dentro de éstas se encuentran aquellas que se transmiten vía sexual y que pueden poner en riesgo la vida.
En consecuencia, una persona que a propósito contagia a otra de una enfermedad que puede provocarle la muerte, podría ser procesada penalmente por el delito de peligro de contagio.
Para ello, los jueces penales podrían utilizar las herramientas que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha emitido al respecto tales como los manuales de tratamientos para Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), la definición de enfermedades crónicas, entre otros.
En sus manuales la OMS indica que en el mundo existen más de 20 infecciones de transmisión sexual mismas que representan un problema grave para la salud pública.
Las más conocidas son la gonorrea, la sífilis y el VIH, virus que causa el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA).
La mayoría de estas se puede curar con un tratamiento eficaz pero no por ello dejan de ser un problema.
En 1999 la OMS contabilizó 340 millones de nuevos casos de ITS curables, es decir, un millón de infecciones nuevas por día.
En 2005, el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA) y la OMS contabilizaron 4.9 millones de personas que contrajeron VIH y que se sumaron a los 40.3 millones de personas que ya tenían la enfermedad.
Los grupos poblacionales especialmente vulnerables al contagio de ITS, según la OMS, son las niñas adolescentes sexualmente activas; trabajadoras sexuales y sus clientes; hombres o mujeres con múltiples parejas sexuales; hombres o mujeres cuyos trabajos los mantienen alejados de sus parejas sexuales habituales durante periodos largos tales como los conductores de larga distancia, soldados y migrantes.
Aunque los avances científicos actuales han logrado reducir las muertes por enfermedades vinculadas con VIH o Hepatitis C, cualquier ITS u otra enfermedad no atendida a tiempo o en la que el paciente no lleve al pie de la letra su tratamiento, puede poner en riesgo la vida.