DEFENDERSE O MORIR EN EL INTENTO: LAS MUJERES EN LA LEGÍTIMA DEFENSA

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En México, las mujeres que viven agresiones ya sea por parte de sus parejas, exparejas o desconocidos tienen dos opciones: o se defienden de la agresión lo que en muchos casos puede derivar en la muerte de su atacante y que ellas vayan a la cárcel, o bien, pueden quedarse indefensas y ser víctimas o sobrevivientes de feminicidio.

En el primer caso, deberán enfrentar un sistema de justicia que no investiga los contextos de violencia que viven, que no cree en su palabra, que las revictimiza y sobre todo, no reconoce su derecho a defenderse, como le ocurrió a Reyna, una mujer originaria de Belice, quien por defenderse de su agresor, lo hirió de muerte y estuvo en prisión un año.

El día del ataque, “Reyna” llegó de trabajar a su “cuarto” en la colonia Adolfo Mateos, en Chetumal, Quintana Roo. Su pareja le pidió el dinero que había ganado ese día pero ella se negó a dárselo, entonces, él tomó un cuchillo, la aventó a una hamaca y forcejeó con ella, al momento de defenderse Reyna lo hirió e inmediatamente llamó a una ambulancia, pero ésta tardó media hora en llegar y él murió.

Por esta razón, Reyna, quien en realidad no se llama así ya que carece de acta de nacimiento y el nombre fue asignado por el Ministerio Público contó en entrevista con esta agencia la abogada que llevó el caso, Natalia Paola Punab de la O, fue detenida por miembros de la policía del estado.

Sin saber leer o hablar español de manera fluida para dar una declaración, fue torturada, golpeada y privada de su libertad por 48 horas. En 2016 fue sentenciada a 25 años de prisión por el delito de homicidio doloso contra su ex pareja, Marco Antonio Saenz Velázquez, en el Centro de Reinserción Social de Chetumal.

Aunque la defensa pública de Chetumal alegó desde un principio la legítima defensa, el juez dijo que “eso no existía”, desestimó la evidencia, no aplicó la perspectiva de género y la encarceló al dictaminar que “justo ese día su vida no corría peligro”, agregó la abogada del Observatorio de Violencia Social y Género en Campeche, Natalia Paola Punab de la O.

Entre otras irregularidades, destacó la defensora, Reyna no tuvo un intérprete y no se notificó a la embajada de Belice sobre su detención.

Cabe recordar que el artículo 20 de la Constitución establece el derecho de toda persona imputada a tener una defensa adecuada, a ser asesorada por una abogada o abogado que tenga una cédula profesional y el defensor debe ser elegido libremente por la persona imputada desde el momento de la detención.

El artículo también señala que si la persona inculpada no quiere o no puede elegir a una persona que la defienda el juez debe designarle una o un defensor público, quien deberá comparecer en todos los actos del proceso cuantas veces sea necesario.

Si la persona imputada no comprende o no habla español, el Estado le proporcionará un intérprete que conozca su lengua y cultura; pero en caso de Reyna no ocurrió así.

Por ello y ante el deficiente trabajo de las autoridades encargadas de procurar justicia en el estado de Campeche para proteger los derechos de las mujeres, son las organizaciones civiles quienes toman sus casos con el objetivo de buscar su acceso a la justicia, como el OVSyG conformado por organizaciones civiles, que desde hace 7 años da asistencia y acompañamiento jurídico a mujeres en sus procesos legales.

Fue esta organización quien en abril de 2016, interpuso conjuntamente con la Red Peninsular de Mujeres en Campeche y el Instituto Nacional de Mujeres (Inmujeres) una apelación a la sentencia de Reyna. 7 meses después se pudo comprobar que era inocente y evidenciar que ella no era una “asesina”, sino una víctima.

La abogada comentó que durante el año que estuvo en prisión vivió discriminación por ser afrodescendiente e intentaron asesinarla, y su hijo Jorge, de 18 años de edad, quedó en una situación de desprotección debido a su discapacidad visual.

En los casos de legítima defensa, explicó la defensora, las y los hijos son los más perjudicados pues quedan en una situación de desprotección y vulnerabilidad total al no brindarles medidas cautelares o ayuda psicológica ya que a las secuelas de la violencia que vivieron, se le suma la estigmatización de sus madres de ser “asesinas”.

Destacó que el caso de Reyna sirvió para modificar la actuación de las autoridades en Quintana Roo en los casos de legítima defensa. Ejemplificó que en 2017, una mujer de 27 años fue liberada en 24 horas al comprobar que era víctima de violencia y que asesinó a su agresor en defensa propia.

De acuerdo con información de la abogada Punab de la O, en el penal del estado de Campeche hay aproximadamente mil 400 personas en situación de reclusión, de los cuales, estima, 60 son mujeres, 40 se encuentran en proceso y sólo 20 han sido sentenciadas a más de 20 años por cuestiones de trata de personas, narcotráfico, aborto y homicidios calificados.

En el penal de Quintana Roo, explicó, la situación es casi la misma, a diferencia de 2 o 3 casos de mujeres que al igual que Reyna están apelando que los delitos se cambien de homicidio a legítima defensa y recordó que a una de esas mujeres le faltaban 8 meses para lograr su libertad de una condena de 30 años.

En entrevista con Cimacnoticias realizada en las instalaciones del OVSyG, la coordinadora del área de derecho Liliana Lomelí, dijo que es importante que estos casos salgan a la luz en medios ya que es una forma de presionar a las autoridades.

Aunque han tomado algunos casos para darles seguimiento, la abogada comentó que su labor muchas veces se ve limitada debido a la escasez de recursos y personal que pueda asistir o trasladarse a las audiencias, realizar los peritajes necesarios y dar seguimiento a los procesos, que pueden durar hasta 3 años. Por ello, añadió, se han valido de la construcción de redes para solventar los gastos económicos, físicos y emocionales de la organización.

“SI ÉL HUBIERA QUERIDO MATARTE, NO SE HUBIERA DETENIDO”

En medio de una sala del OVSyG, Jeysol Amaya Sánchez, sobreviviente de violencia feminicida, está sentada junto a su hija y su actual pareja. Viste una blusa rayada de manga larga y pantalón de mezclilla que cubren los signos de violencia de aquella noche del 30 de enero de 2015 cuando su entonces pareja, Rodrigo Paredes, trató de asesinarla a cuchillazos luego de que ella amenazara con dejarlo tras la violencia cotidiana que se traducía en golpizas.

Fueron 37 cuchilladas las que su cuerpo enfrentó a manos de su pareja. La primera, recuerda, la sintió detrás de su espalda, en ese momento la confusión la invadió “entré en shock, no sabía si lo que sucedía era un sueño o la realidad”. La segunda vez que asestó el cuchillo contra su cuerpo, comprendió que aquel hombre que hasta entonces había sido su pareja, quería asesinarla.

Aunque sabía que la única posibilidad de sobrevivir era salir corriendo de ese lugar, la pérdida de sangre y fuerzas la hizo permanecer en el suelo donde siguió esquivando con sus manos las cuchilladas de Rodrigo.

“Yo sólo lo veía venir con los cuchillos, en el momento en que me levantó el cuello, me cortó y metió sus dedos para estrangularme, pensé que no volvería a ver a mis hijos, comenzó a patearme, después tomo una roca y me golpeaba en las heridas”, narró en entrevista.

En esa lucha por defender su vida, Jeysol pudo detener algunos de los cuchillazos con sus manos lo que provocó que perdiera la movilidad de su mano derecha. Su agresor continuó atacándola en los mismos lugares donde ya estaba herida. Ella entendió que ya no podría defenderse y “se hizo la muerta”.

“Cuando él me cree muerta, para asegurarse, toma la piedra de la puerta del baño y me pega en la cabeza, patea mi cuerpo y me dijo: ‘vamos a morir juntos’. Se acostó al lado mío y se cortó las venas de las muñecas”.

Esas heridas son la razón de que su testimonio (Jeysol) haya sido desestimado, ya que su agresor argumentó que “ella lo había cortado cuando él intentaba detenerla para que no se autolesionara”, de acuerdo con lo que él declaró ante las autoridades.

“Cuando llegó la policía traté de respaldarme en un carro pero me caí. Me quede ahí tirada en el piso por 40 minutos mientras la policía entraba en mi casa y la ambulancia llegaba. Una vecina se acercó a darme agua y el policía le dijo: ‘no, no le de agua, ella ya se va a morir y si usted le da agua la va ahogar más rápido´”, recordó Amaya Sánchez.

Durante esos 40 minutos –continuó- sentí una sed insaciable, frío en los huesos y el cuerpo entumecido. No supo más de ella hasta que despertó en el hospital, donde permaneció por 6 meses debido a las heridas en todo su cuerpo. No pudo ver a sus hijos por miedo a que éstos se sorprendieran de su estado y debido a que su madre no pudo solventar los gastos de transportes y más. Sus hijos tuvieron que dejar la escuela por un año.

Después de estar medio año en el hospital por fin pudo declarar y hacer su denuncia en 2016, esperando la protección de las leyes pero no fue así. Durante todo el proceso penal se le negó asesoría legal en su caso, la integración de nuevos peritajes que comprobaran que ella había sido atacada por Rodrigo, y se le negaron otras pruebas como las declaraciones de los vecinos que atestiguaron los hechos, las huellas de los cuchillos y los dictámenes del hospital que constataron la violencia de que fue víctima.

Todo ello bajo el argumento que “si él (Rodrigo) hubiera querido matarla no se habría detenido”, dijo Amaya Sánchez.

“Han pasado 3 años y medio y aún no veo justicia, mi agresor goza de la figura de presunción de inconciencia, no me sentiré segura hasta que él esté preso, pues me ha amenazado a mí y a mi familia de muerte”.

Muchas veces -aseguró- piensa que si se hubiera defendido tal vez no tendría heridas que limitan el movimiento de su cuerpo y la vida de sus hijos no estaría afectada, pero reconoció que ante un sistema machista, en el cual las mujeres que agreden lo hacen con un objetivo: venganza y no por salvar su vida, la única opción que hubiera tenido sería la cárcel.

Ante las constantes humillaciones de las autoridades que llevaban su caso quienes le decían “ahora no tengo tiempo” o que “había casos más urgentes que el de ella”, Jeysol acudió al OVSyG quien conjuntamente con el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) pidió que se volviera a realizar todo el procedimiento para que Jeysol pudiera anexar sus pruebas.

Fueron 2 años de trabajo, de realización de peritajes, para crear redes de apoyo, y que el caso saliera a los medios de comunicación, lo que permitió que en 2018 se reclasificara el delito de lesiones graves a tentativa de feminicidio, y determinar una sentencia condenatoria contra su agresor.

Sin embargo, la condena corre el riesgo de ser modificada mientras el gobierno del estado no quite la figura de presunción de inocencia a su agresor, explicó en entrevista por separado, la asesora jurídica del OVSyG, Estela Sánchez Canto.

El caso de Jeysol, aseguró, dejó a la vista los múltiples obstáculos que atraviesan las mujeres en la búsqueda de la justicia y en el reconocimiento de sus derechos como víctimas, ya que, añadió, en la lógica de las autoridades un hombre que da 37 puñaladas a una mujer “lo hizo porque de seguro ella se lo buscó”.

Según datos del OCNF, de 2014 a 2017, hubo 398 asesinatos de mujeres, de éstos 21 fueron casos de feminicidio, de los cuales, en 12, existía una relación de pareja. En su mayoría ocurrieron en los hogares o en la vía pública.

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