Por ser testigos de Jehová se oponen a que su hija reciba transfusiones sanguíneas, la SCJN analizará…

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Padres de la menor son Testigos de Jehová y se oponen a que su hija reciba transfusiones sanguíneas porque su religión se lo prohibe

El próximo miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará un proyecto que permitiría al Estado intervenir en casos médicos urgentes, donde los pacientes sean menores de edad y cuyos padres se nieguen a darles tratamiento por creencias religiosas o de etnia.

Fue el ministro Arturo Zaldívar quien presentó la propuesta que respalda a las autoridades de Chihuahua, luego de que los padres de una niña con leucemia impidieron que ésta recibiera transfusiones de sangre debido a sus creencias religiosas.

Los padres son Testigos de Jehová, pertenecientes a la etnia rarámuri, y se negaron a realizarle el tratamiento a su hija ya que su religión se los impide.

“El Estado puede intervenir en la autonomía familiar cuando advierta que se coloquen en riesgo la vida o la salud de un menor de edad”, advierte el proyecto, retomado por Excélsior.

Ante la renuencia de los padres de la paciente, el Sistema DIF de Chihuahua intervino y asumió la tutela de la menor para brindarle el tratamiento médico necesario.

Ante esta decisión de las autoridades, la madre promovió un amparo contra la Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes del estado, pues argumentó que eran discriminados por su origen étnico y creencias religiosas, y le prohibieron tomar decisiones sobre la salud de su hija.

Asimismo, demandó que en el futuro se debe respetar su consentimiento y que el tratamiento excluyan las transfusiones sanguíneas.

Sin embargo, el ministro Zaldívar hizo un llamado a la Corte a ser sensibles sobre los efectos de la leucemia y a las intensas quimioterapias que la niña tiene que resistir.

“El Estado puede intervenir en la autonomía familiar cuando advierta que se coloquen en riesgo la vida o la salud de un menor de edad. En casos como el presente, esto se actualiza si los padres de un menor pugnan por un tratamiento alternativo que no es viable considerar, debido a una situación de premura médica, o bien, que carece de un nivel similar o comparable de eficacia al del tratamiento convencionalmente indicado”, sostuvo Zaldívar.

“Esta Corte no se ve persuadida de que un tratamiento que excluya las transfusiones cuente con una eficacia similar para garantizar la salud de la menor. Por lo tanto, esta Sala no puede aceptar que el tratamiento alternativo resulte acorde con el interés superior de la menor”, agregó el ministro.

Ahora será la SCJN la que decida si fue constitucional la decisión del Estado de asumir la tutela en razón de que la madre se negó a las transfusiones sanguíneas indicadas a la menor cuando ésta ingresó a urgencias, y si el tratamiento subsecuente debe excluir las transfusiones.

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