El titular de los “derechos humanos” no quiere bajarse el sueldazo y tramita amparo

Escuchar Nota :
[responsivevoice_button voice="Spanish Female" buttontext="Play"]


La CNDH asegura que la nueva reglamentación viola al menos diez derechos humanos, principios legales y garantías

El jueves pasado la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) tramitó una acción de inconstitucionalidad que busca la invalidez de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, publicada el 5 de noviembre.

Se trata de la ley que prohíbe a cualquier funcionario ganar más que el Presidente de la República, además de eliminar varios beneficios.

Dicha acción fue admitida el día de hoy por un Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sin embargo, pese a admitir el trámite no se suspende la vigencia de la ley.

De acuerdo con una nota de Reforma, la CNDH asegura que la nueva reglamentación viola diez derechos humanos, principios legales y garantías, entre los que se encuentra:

– Igualdad
– No discriminación
– Remuneración anual irrenunciable y proporcional a las responsabilidades
– Debido proceso en materia de responsabilidades de los servidores públicos
– Progresividad de los derechos
– Seguridad jurídica.

Ante ello, la Comisión solicitó a la Corte revisar el procedimiento del Congreso para aprobar la ley, lo que puede llevar a su invalidez total.

Aseguran que la Cámara de Diputados mantuvo guardada durante años la minuta que le había enviado el Senado, y fue aprobada cuando Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) asumió su mayoría en el Congreso hace apenas unos meses.

La solicitud promueve la anulación de 10 de los 17 artículos de la ley, del 5 al 8 y del 12 al 17, así como reformas al Código Penal para sancionar a quien gane más de lo permitido, compartió el Ombudsman Luis Raúl González Pérez.

“En el acuerdo de admisión se instruyó dar vista con la demanda a las cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, así como al Presidente de la República, para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en el que surta efectos la notificación”, informó la Corte.

Para que ley quede invalidada se requieren los votos de al menos ocho Ministros, sin embargo la acción podría quedarse sin resolver pues la Corte no tiene plazo para dar solución y sus vacaciones inician el 15 de diciembre.

Comenta con tu cuenta de Facebook