Ante la propuesta de la diputada del Congreso de Quintana Roo, Sonia López Cardiel, de aplicar un método anticonceptivo definitivo a las mujeres que aborten por segunda ocasión, la Comisión de Derechos Humanos quintanarroense y organizaciones feministas denunciaron que incurre en violaciones a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y es una medida punitiva para quienes desean interrumpir un embarazo.
La diputada presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social del Congreso de Quintana Roo, Sonia López, presentó el 13 de marzo de 2019 una iniciativa para reformar diversas disposiciones del Código Penal y la Ley de Salud estatales sobre el acceso al aborto.
Su propuesta pretende agregar un artículo 97 bis en el Código Penal local, el cual señalaría que las mujeres que “tenga la intención de someterse por segunda ocasión a la práctica del aborto “no punible” deberá previa practica firmar una carta de consentimiento informado en cuanto a ser sometida a la aplicación de un método anticonceptivo definitivo”.
De no firmar el permiso, la legisladora independiente propone que las instituciones de salud públicas de Quintana Roo no estén obligadas a otorgar el servicio y la mujer sea sujeta a las sanciones establecidas en el Código Penal local, que van de seis meses a dos años de prisión por practicar un aborto.
Al respecto el Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos de Quintana Roo se pronunció por considerar que la iniciativa incurre en violaciones de los Derechos Humanos (DH) de las mujeres, particularmente los relaciones a decidir el número y esparcimiento de los hijos que desean tener, así como elegir el método de planificación familiar que les sea adecuado.
La propuesta de la diputada López Cardiel también plantea incorporar en el Código Penal de Quintana Roo la casual de “condiciones socioeconómicas graves y justificadas” para poder interrumpir un embarazo.
No obstante, refiere en la fracción V que busca agregar, que quien se practique un aborto bajo esta causal deberá recibir “un tratamiento médico integral teniendo como finalidad la atención integral de las secuelas físicas y psicológicas generadas por su práctica que busque hacerle conciencia sobre los métodos anticonceptivos temporales y definitivos a los que puede recurrir, así como también, deberá someterse al curso sobre planificación familiar que otorgue la Secretaría de Salud del estado”.
Dicha disposición de someter a las mujeres a un procedimiento permanente de anticoncepción, enfatizó el Consejo del órgano de DH de Quintana Roo, es una práctica que diversos organismos internacionales han señalado como esterilización forzada, pues condicionaría a las mujeres, sobre todo aquellas que viven en situación de pobreza, el acceso a servicios de salud público.
“Si bien la propuesta señala que se debe firmar una carta de consentimiento informado, el resultado de ello debe ser autónoma e independiente para acceder al procedimiento antes mencionado”, señaló el Consejo.
Al pronunciamiento del Consejo de la Comisión se unió la “Red Quintanarroense por los Derechos Sexuales y Reproductivos de las Juventudes”, la organización manifestó en un comunicado estar contra la iniciativa y exhortaron al Congreso estatal frenarla e iniciar un proceso de debate que contemple los DH, enfoque de salud pública, perspectiva de género y respeten la laicidad del Estado.
Además, estas no serían las únicas violaciones a los derechos de las mujeres en los que incurre la propuesta de reforma, el Instituto Quintanarroense de la Mujer (IQM) señaló el 7 de mayo en un comunicado que limitar la interrupción del embarazo dentro de los primeros 90 días de gestación como mantiene la iniciativa, expone a las mujeres a riesgos de muerte y se viola el principio de vida digna cuando el producto padece alteraciones genéticas o congénitas.
Asimismo, porque la propuesta sigue condicionando el acceso a la interrupción del embarazo en casos de violación con una denuncia penal y el dictamen de un médico legista que muestre la existencia de lesiones, contradictorio a lo establecido en la Ley General de Víctimas y la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046) , que en los casos de violación bastará con la buena fe de las víctimas para acceder al aborto.
Por ahora la iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia y de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria del Congreso de Quintana Roo para su análisis.
Según cifras oficiales de abril de 2007 al 31 de marzo de 2019, han viajado a la Ciudad de México 121 mujeres quintanarroenses para acceder a un aborto, ya que es la única entidad donde se puede acceder de manera voluntaria.
En Quintana Roo sólo se permite abortar por las causales establecidas en su Código Penal: si el producto es resultado de una violación, ante el peligro de muerte de la mujer y por malformaciones genéticas o congénitas graves del producto.