En al menos 39 casos en 15 estados de la República, de los que EL UNIVERSAL tiene registro, las fiscalías locales iniciaron las investigaciones de muertes de mujeres como aparentes suicidios, a pesar de que había elementos para indagarlas como feminicidios.
La situación se agrava debido a que el delito no estaba tipificado en todos los códigos penales del país hasta 2017, a que cambia en cada entidad y a la falta de investigaciones con perspectiva de género.
En los casos de estas mujeres, en las necropsias iniciales, cuando las hubo, se concluyó que ellas se privaron de la vida, por lo que no entraron en las estadísticas de homicidio ni en las de feminicidio.
No investigar y no asegurar evidencia entorpece la impartición de justicia y viola los derechos de las víctimas, lo que conlleva bajas sentencias o impunidad.
Según la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), las muertes de mujeres se tienen que investigar aplicando mecanismos para identificar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión.
Además de las normas jurídicas, las indagatorias “dependen de los jueces y de lo que consideren como feminicidio”, menciona la organización Data Cívica.
“En el Poder Judicial estamos en función de lo que el Ministerio Público nos haga llegar (…) Si hay omisiones en el caso, eso da sentencias absolutorias”, señala Lawrence Serrano, director General de la Administración de los Juzgados del Sistema Penal Acusatorio.
“Se tiene que investigar y acreditar si es feminicidio, no al revés, como lo hacen los ministerios públicos, que primero determinan que fue suicidio o lo que se les ocurra”, dice Irinea Buendía, madre de Mariana Lima, quien fue asesinada.