La CNDH dirigió la Recomendación 14/2020 al Director General del ISSSTE, en virtud de que personal del Hospital General “Aquiles Calles Ramírez”, incurrió en negligencia médica por omisión, al dejar de llevar a cabo el protocolo de estudio de una persona (servidora pública de ese Instituto) por ser un caso sospechoso de Covid-19 y no apegarse a lo establecido en el lineamiento estandarizado respecto de las medidas preventivas para atender a los pacientes con este virus. Asimismo, por omitir adoptar las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad del estado de salud de la persona agraviada.
La CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la privacidad en perjuicio de los agraviados, atribuibles a personal del Hospital General en mención ubicado en Tepic, Nayarit.
Lo anterior, en virtud de que el 9 de abril de 2020, una persona servidora pública del ISSSTE, quien se desempeña como histotecnólogo en el referido Hospital General, fue informado que una de sus compañeras de trabajo dio positivo a Covid-19, y debido a que el agraviado presentó dolor de cabeza y fiebre, de tres días de evolución, solicitó atención médica a la subdirectora de dicho nosocomio quien le indicó acudir a valoración.
Al acudir a recibir los servicios médicos en ese nosocomio y explicar la situación, se le diagnosticó como “paciente contacto COVID”, por lo cual solo se le otorgó licencia médica a fin de que se mantuviera en su domicilio, motivo por el cual solicitó el apoyo de su sindicato a efecto de que le realizaran la prueba Covid-19 y, al día siguiente, personal médico se apersonó en su domicilio para tomarle la muestra del caso; sin embargo, el personal de salud que asistió se colocó el equipo de protección personal en la calle, situación que llamó la atención de los vecinos, siendo el agraviado y su familia objeto de cuestionamientos. Finalmente, una vez practicada la prueba esta resultó positiva a COVID-19 por lo que se le indicó aislamiento, sin que se le diera un seguimiento diario de su caso, ni a su familia.
Dirección General de Comunicación
Aunado a ello, la CNDH advirtió Responsabilidad Institucional por parte del ISSSTE al no proporcionar al agraviado el equipo de protección para el desarrollo de sus funciones en el Hospital General del ISSSTE, toda vez que, como él mismo lo señaló, únicamente utilizaba una bata blanca sobre su ropa, contrario a lo establecido en el lineamiento técnico, el cual refiere que todo el personal adscrito a los servicios de medicina general familiar o no familiar, o los adscritos a puestos de técnico laboratorista, químico clínico y patología clínica, deben portar durante su permanencia en su área laboral, mascarilla respiratoria con cobertura ante aerosoles, gorro, guantes, lentes protectores y bata.