Durante todo el año se pueden encontrar días festivos e inhábiles que permiten a estudiantes y trabajadores tomar pequeños descansos de sus jornadas laborales o escolares. Este es el caso del mes de marzo en donde además de haber un puente o fin de semana largo, iniciarán las vacaciones de Semana Santa.
Recuerda que hay días que la Ley Federal del Trabajo señala como descanso obligatorio —como lo es el puente de marzo 2021—, así que se deberán respetar los días de descanso de los trabajadores. En Destinos te decimos cuáles serán estos días feriados, así como el motivo por el cual serán de asueto.
¿Cuándo será el puente?
El lunes 15 de marzo será el día de asueto, debido a que se conmemora el natalicio de Benito Juárez. Si bien, el Benemérito de las Américas nació el 21 de marzo de 1806, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo indica que la conmemoración se hará el tercer lunes de marzo, por lo que la fecha se recorre.
Benito Juárez fue un político mexicano indígena, abogado y presidente de México, quien impulsó las Leyes de Reforma, mediante las cuales se establecían, entre otras cosas, la libertad de culto, la creación del registro civil, y la secularización de la beneficencia pública.
Este día feriado al ser en lunes se convierte en puente o fin de semana largo, ya que inicia el sábado 13 de marzo retomando labores hasta el martes 16 de marzo.
En marzo inicia Semana Santa
Por otro lado, marzo tiene más días de descanso. Para los estudiantes de escuelas incorporadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP), las vacaciones de Semana Santa darán inicio el 29 de marzo, de acuerdo con el calendario publicado por dicha institución, y terminarán hasta el próximo viernes 9 de abril.
Ell calendario marca, también, que el lunes 12 de abril habrá consejo técnico, por lo que los estudiantes no tendrán clases dicho día y regresarán a su jornada escolar hasta el martes 13 abril.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?
A los trabajadores, en ciertas ocasiones se les dan descansos en estos días (lo mismo hacen otras escuelas que no pertenecen a la SEP o colegios privados). Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo no indica que en Semana Santa existan días de descanso obligatorio. Los días que deben ser de asueto en todo el año, de acuerdo con esta ley son:
El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
El 15 de marzo en conmemoración del natalicio de Benito Juárez.
El primero de mayo por el Día del Trabajo.
El 16 de septiembre para conmemorar el Día de la Independencia.
El tercer lunes de noviembre por el 20 de noviembre, el día de la Revolución Mexicana.
El 25 de diciembre.
En estos días se les debe dar un descanso a los trabajadores de forma obligatoria. Si se les pide laborar, la Ley Federal del Trabajo indica que se les tendrá que pagar un salario doble más su salario por el servicio prestado, ya que están trabajando en un día de descanso. Esto aplica para el puente del 15 de marzo.