Muchas tumbas son abandonadas, al cumplirse los siete años, los restos son sacados y la fosa es vendida a otra persona
Los panteones son la última morada de cualquier mortal, en teoría, ahí deberían reposar sus restos durante la eternidad y algún día, cuando los familiares lo requieran, llevarán flores a la tumba evocando a la persona.
Sólo que hay un problema, de acuerdo con el artículo 48 del Reglamento de Cementerios del Distrito Federal -ahora Ciudad de México-, pasando los primeros siete años de estadía en el cementerio, el cuerpo de la persona debe ser exhumado.
Sus restos no se podrán retirar, pero se deben depositar en una bolsa de plástico y enterrarlos al pie de la fosa de otro fallecido. Por esta razón, hay familias que después de años regresan visitar a su difunto, y lo encuentran en la tumba de otra persona.
La exhumación es un proceso que por ley se puede dar en dos casos:
- Exhumación ordinaria: Cuando el cadáver ha permanecido en su fosa el tiempo marcado por la Secretaría de Salud (7 años)
- Exhumación prematura: Son aquellas efectuadas antes de tiempo marcado por la Secretaria de Salud, la cual es solicitada por el agente del Ministerio Público.
Estas exhumaciones generalmente son solicitadas con el fin de esclarecer algún delito. Si la muerte fue por enfermedad infecto contagiosa no se podrá realizar el traslado, solamente podrá ser cremado.
En los panteones es común que muchas tumbas sean abandonadas por sus familiares, (ya no hay perpetuidades), por lo que al cumplirse los siete años, los restos de la persona son sacados y la fosa es vendida a otra persona.
Los restos del difunto pueden recuperarse si los familiares del nuevo inquilino -de la tumba-, autorizan escarbar. Todo esto aplica si no se han realizado obras como lápidas o mausoleo, de ser así, hay que esperar otros siete años para rescatarlos.