Entrevistas a Osorio Chong, apegadas a la ley: TEPJF

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Dio respuestas a preguntas expresas y directas sobre diversas temáticas de interés público y relevancia noticiosa

 La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la difusión de dos entrevistas al Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, no vulneraron la normativa electoral, pues se enmarcan dentro del ejercicio periodístico que forma parte de la libertad de informativa.

Además, las entrevistas, difundidas en Radio Fórmula están dentro de las atribuciones que tiene conferida el titular de Gobernación, ya que dio respuestas a preguntas expresas y directas sobre diversas temáticas de interés público y relevancia noticiosa.

 En sesión pública, los magistrados del TEPJF indicaron que al tratarse del libre ejercicio periodístico, las entrevistas efectuadas dentro de los programas de radio que conducen los periodistas Ciro Gómez Leyva y Joaquín López-Dóriga no constituyen propaganda política-electoral.

Consideraron que tampoco deben limitarse durante el periodo de veda electoral, aunado a que, de su contenido, no se advierte alguna invitación de forma indiciaria o implícita para votar a favor o en contra de alguna opción política determinada.

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Por otra parte, el pleno estimó que de las pruebas que obran en el expediente no se advierten elementos que acrediten el uso indebido de recursos públicos.

En otro asunto, la Sala Especializada determinó que el partido Nueva Alianza no incurrió en calumnia al difundir dos promocionales en radio y televisión, en los que presuntamente se equipara al ambulantaje con un problema de inseguridad.

Los magistrados estimaron que en los spots difundidos durante el periodo de campaña en la Ciudad de México no se el comercio informal cuando se invita a los ciudadanos a liberarse del ambulantaje.

Lo anterior, como lo denunciaron las asociaciones denominadas Ala Social Del Comercio; Unión de Comerciantes y Tianguistas no Asalariados en el DF; Comerciantes, Tianguistas y Ambulantes de Abasto de la Ciudad de México, la Unión de Comerciantes Tianguistas Don Víctor; y Tianguistas del DF, A.C.

El pleno consideró que las expresiones fueron emitidas por la dinámica propia de la contienda, por lo que resulta lógico y natural la difusión de ideas y opiniones de toda índole.

En este caso, Nueva Alianza aludió a un fenómeno económico-social como lo es el ambulantaje, que, en su perspectiva, debe ser regulado o incluido al redactar la Constitución de la Ciudad de México.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña dijo que este asunto es un paso más en la tutela progresista, pues es un asunto en el cual se está dimensionando no solamente el derecho individual, sino que se están haciendo valer derechos gremiales, es decir, de grupo.

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