Con la nueva Ley de Extinción de Dominio del Estado de México, los bienes materiales o económicos asegurados a sujetos o grupos delictivos, y cuyo dominio haya sido extinguido a favor del gobierno estatal por medio de sentencia ejecutoriada, podrán ser destinados a centros educativos, de salud, de convivencia social, culturales o de seguridad pública.
Con esta nueva herramienta, el Estado de México puede afectar directamente el poder económico de la delincuencia organizada, destinando los bienes asegurados, a fines sociales.
De acuerdo con el artículo 27 del nuevo ordenamiento aprobado este año, cuando así lo determine la autoridad judicial, a petición fundada y motivada del Ministerio Público, dichos bienes podrán ser donados a instituciones públicas o privadas de asistencia social o dependencias y órganos de la administración pública estatal y municipal, para su aprovechamiento en beneficio de la sociedad.
El artículo 68 establece que en los casos en que sea conveniente destinarlos a fines sociales, la autoridad judicial, a petición fundada y motivada del Ministerio Público, serán ingresados al patrimonio del Estado y asignados a dependencias y órganos de la administración pública estatal, o donados a los municipios, a instituciones públicas o privadas de asistencia social para su aprovechamiento en beneficio del núcleo de población directamente afectado.
Establece, además, que cuando sean enajenados, del producto de la venta 40 por ciento pasará a formar parte del Fondo Auxiliar para la Procuración de Justicia, 10 por ciento se destinará a la Secretaría de Salud para programas de orientación y rehabilitación de adicciones, 10 por ciento a la construcción, mejora y equipamiento de centros educativos y el 40 por ciento restante al Fondo a que se refiere la Ley de Víctimas del Estado de México.