El cambio de apellido se considerará para las demás hijas e hijos del mismo vínculo
En caso de que no haya acuerdo, el juez decidirá el orden de los apellidos
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a los artículos 58 del Código Civil Federal y el 19 de la Ley General de los Derechos de los Niñas, Niños y Adolescentes, para que los padres elijan, según convenga, el primer apellido de sus hijos.
El dictamen establece modificar el Código Civil Federal para que los padres puedan acordar el orden convenido de los apellidos, el cual se considerará para las demás hijas e hijos del mismo vínculo.
En caso de que no haya acuerdo entre los progenitores, el juez u oficial decidirá el orden de los apellidos, o en caso de que el menor sea hijo de padres desconocidos.
Cuando haya procedimientos que deriven en cambio de apellidos de niños, niñas y adolescentes, éstos tendrán el derecho de opinar y ser tomados en cuenta, según su edad, desarrollo evolutivo, cognositivo y madurez.
El decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.A partir de entonces los Congresos locales tendrán un plazo de 120 días para armonizar su respectiva legislación civil con base en el decreto.