Por unanimidad, el Senado aprobó un dictamen con el que se agilizan los procesos de adopción a menores que se encuentran en desamparo familiar, particularmente a aquellos en situación de abandono, exposición o institucionalización.
La reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que los niños en desamparo deben ser reintegrados a su familia o incorporados a una familia mediante la adopción a través de un procedimiento seguro, eficaz, transparente y ágil.
Señala que las niñas, niños y adolescentes en situación de desamparo que serán reintegrados con su familia, siempre y cuando, haya una investigación previa de su origen, a fin descartar un riesgo.
Se plantea la homologación de los requisitos y procedimientos administrativos en todo el país, y que la autoridad competente emita su opinión para la expedición del certificado de idoneidad de la adopción en un plazo máximo de 45 días naturales.
“Que exista un procedimiento único en todo el país. Se establece que la adopción es plena e irrevocable. Los dictámenes de idoneidad tengan validez en todo el territorio nacional, independientemente de donde se hayan sido expedidos.
La presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, Josefina Vázquez Mota (PAN), dijo que de no agilizar los procedimientos de adopción, para el 2040 vamos a llegar a una población mayor a 33 mil infantes viviendo en casas hogar.
“Al 2015, el Centro de Estudios de Adopción, publicó que el número de niñas y niños sin cuidados familiares en el país supera la cifra de 30 mil niñas, niños y adolescentes. Es de gran relevancia que los sistemas DIF mantengan estrecha comunicación, intercambiando información, a efecto de materializar el derecho a vivir en familia”, expresó.
El dictamen enviado al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que son niños y niñas los menores de 12 años; adolescentes de entre 12 a menos de 18 años; y que los procesos administrativos y jurisdiccionales de adopción podrán realizarse en cualquier entidad federativa, con independencia de la ubicación física del menor con posibilidad de adopción.
“Los niños y adolescentes acogidos en Centros de Asistencia Social, serán considerados abandonados al transcurrir 60 días naturales, sin que se reclamen derechos sobre ellos o información de su origen”, resalta el documento.
Las reformas indican que queda prohibidas las promesas de adopción durante la gestación; la adopción privada sin la intervención de las autoridades competentes; la adopción sea para fines de venta, sustracción, tráfico y trata de personas, explotación, trabajo infantil; el contacto con los padres biológicos hasta antes de los 18 años; y el matrimonia entre adoptado y adoptante.
Podrán ser adoptados los menores y adolescentes que no tengan quien ejerza la patria protestad, abandonado o expósitos, sean acogidos por Centros de Atención, el DIF y Procuradurías de Protección.
A fin de acompañar la adopción, al menos cada seis meses, durante los primeros tres años posteriores a la adopción, los sistemas DIF en coordinación con la Procuraduría de Protección realizarán un seguimiento.
Antes de finalizar su intervención en tribuna, Vázquez Mota leyó un testimonio de Adopción y Acogimiento Familiar.
“Desde mi nacimiento los hospitales, las operaciones y los doctores fueron parte de mi vida, ya que por mí condición física fui abandonada al nacer.
He recibido atención médica de calidad, sin embargo necesito el amor de una familia. Puedo ser adoptada desde que tengo 5 años pero ya han pasado 12 años y sigo esperando.
Aunque pronto seré mayor de edad, mentalmente sigo siendo una niña. Soy cariñosa, cooperadora y muy alegre, puedo caminar despacio y uso zapatos ortopédicos. Me gusta dibujar y recortar, todos los días le pido a Dios por encontrar la familia que necesito”, leyó la panista.
El Senado también avaló con 109 votos, incorporar el derecho a la alimentación a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para que tengan una alimentación adecuada, que considere los recursos y las prácticas alimentarias de su entorno cultural. Además, para que reciba educación nutricional apropiada.
Se establece que quienes ejerzan la patria potestad, tutela, guarda o custodia de niñas, niños y adolescentes estén obligados a garantizar este derecho, así como a fomentar la alimentación saludable en este sector de la sociedad.
Las autoridades -federales, estatales, municipales y de las demarcaciones de la CDMX- se coordinarán y coadyuvarán para el cumplimiento de los objetivos de la Ley, y en el ámbito de su competencia ejecutarán las políticas públicas que garanticen a niñas, niños y adolescentes el derecho a la alimentación.
El senador Raúl Paz Alonzo, del PAN, precisó que con esta modificación se contribuye a que los niños tengan la mayor protección posible desde los ojos de la ley. Debe acompañarse, precisó, del esfuerzo de las autoridades de los tres órdenes de gobierno, para sumar políticas públicas que vuelvan realidad el derecho a una alimentación sana y suficiente.