Tras señalar que hay poca efectividad del Sistema Anticorrupción en el Estado de México y Municipios, pues desde 2017 no hay procedimientos penales contra riqueza injustificada de servidores públicos, o por actos de corrupción, el diputado Margarito González Morales propuso diversas reformas al código penal para sancionar con penas severas.
“Desafortunadamente el Sistema ha mostrado poca efectividad, por ello proponemos una reforma al Código Penal a efecto de endurecer las penas, en delitos por hechos de corrupción”, explicó el legislador.
La iniciativa, busca fortalecer el Código Penal del Estado de México en su Título Sexto, relativo a los delitos por hechos de corrupción, pues hoy el Código penal estatal es muy laxo, y establece penas risibles a quienes cometen estos actos.
Apuntó que el daño que estos delitos causan a la sociedad es enorme y ha traído años de crisis, impunidad y falta de desarrollo, que provoca desconfianza ciudadana en las instituciones y, además, fomenta la impunidad.
Define que los delitos cometidos por servidores públicos electos popularmente o cuyo nombramiento esté sujeto a ratificación de la Legislatura del Estado, sean designados por la o el Titular del Gobierno del Estado o por las y los titulares de las dependencias, las penas previstas serán aumentadas hasta en una mitad.
Al servidor público que retarde o entorpezca dolosamente el servicio de procuración de justicia, se le impondrá pena de prisión de 4 a 8 años, y de mil a 2 mil días multa, además será destituido e inhabilitado para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
También considera sanciones por abuso de autoridad a quien sin causa justificada, remita a algún corralón o depósito de vehículos para su resguardo, uno o más vehículos, y a quien autorice o expida licencia para venta de bebidas alcohólicas, sin que se hayan cumplido las disposiciones reglamentarias, podrían sancionar hasta con 7 años de prisión.
Por utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener la entrega de fondos o valores, serán sancionados desde 3 años hasta 11 años, y de 100 a 2 mil días multa, destitución e inhabilitación, de acuerdo a la cantidad o valor de lo obtenido
Al que cometa el delito de intimidación, se le impondrán de cuatro a doce años de prisión, y de treinta a cien días multa y la destitución e inhabilitación que corresponda.
Por ejercicio abusivo de funciones para obtener beneficios económicos o a sus parientes, definen de 2 hasta 15 años de prisión y de 100 a 300 días multa, así como destitución e inhabilitación.
Por delito de cohecho cometido por legisladores estatales o integrantes del ayuntamiento, que en el ámbito de sus competencias, y en el ejercicio de sus funciones o atribuciones, exija una comisión, dádiva, contraprestación o promoción personal, obtendría 3 a 18 años de prisión y de 100 a 300 días multa, así como destitución e inhabilitación, de acuerdo a la cantidad o valor de la dádiva, bienes, promesa o prestación.
Por el delito de peculado, las penas son desde 3 a 15 años, y de 100 a 500 días multa, de acuerdo al monto de los fondos utilizados indebidamente, así como destitución e inhabilitación. Y cuando los recursos materia del peculado sean aportaciones del Estado para los fines de seguridad pública, se aplicará hasta la mitad más de las penas señaladas.
En caso de enriquecimiento ilícito se considera el decomiso de bienes cuya procedencia no se logre acreditar, y la aplicación de extinción de dominio. Y las penas van de 3 A 20 años de prisión, y de 100 a 500 días multa, de acuerdo al monto obtenido.
Para delitos cometidos por funcionarios de procuración y administración de justicia, las penas van de 3 hasta 10 años de prisión y de 70 a mil días multa, así como destitución e inhabilitación.
Y a quien en nombre de un servidor público solicite dinero, valores, servicios o cualquier otra dádiva, en los casos a que se refieren los delitos de cohecho, concusión y tráfico de influencia, se le impondrán de 5 a 15 años de prisión, y de 100 a 500 días multa.