La doctora Ana Paulina Sánchez Palafox recibió una sanción administrativa que la inhabilita para desempeñar durante un año y medio cualquier cargo, empleo o comisión en el servicio público, mientras su compañera Carolina Guadalupe Domínguez García fue inhabilitada por tres años.
La notificación fue realizada este lunes a las interesadas, por el Órgano Interno de Control del Instituto Mexicano del Seguro Social, que analizó el expediente 0186/2017, instruido contra las doctoras residentes de la clínica 25 del IMSS en Monterrey, a raíz de la difusión de una fotografía que se volvió viral en redes sociales.
El Órgano Interno de Control que preside un representante de la Secretaría de la Función Pública, pero donde el IMSS “actúa como juez y parte”, dijo el abogado Ofelio Garza Rodríguez, quien representa a la doctora Sánchez Palafox, determinó que la doctora no causó daño patrimonial ni obtuvo un lucro, pero con su actuar “no ponderó los intereses del Instituto”.
Garza Rodríguez puntualizó que si bien la semana pasada se le avisó por teléfono a la doctora que sería inhabilitada de por vida, la sanción de un año y medio continúa siendo excesiva, porque su defendida “es inocente”, y además no existe una reglamentación aplicable a la falta que se le atribuye.
El asesor legal de la doctora comentó que una de las vías para combatir la sanción es mediante un juicio de nulidad que tardaría en resolverse dos años, es decir, seis meses después que la joven profesionista de 28 años de edad haya cumplido el castigo impuesto.
Pero está por resolverse un recurso de queja ante el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Poder Judicial de la Federación, presentado a raíz de una negativa de amparo indirecto solicitado por la doctora Sánchez Palafox ante su ilegal despido, en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil y del Trabajo, señaló el abogado Garza Rodríguez.
La tarde de este lunes, la doctora Sánchez Palafox recibió otra noticia negativa, por parte de la oficina del director general del IMSS, Mikel Arriola, al notificarle que el funcionario no puede acceder a su petición de interceder para su reinstalación, pues recibió información de la delegación del Seguro Social en Nuevo León, en el sentido de que la solicitante presentó una demanda laboral contra el Instituto, “por lo cual se deberá de estar a resultas del mismo, razón por la cual resulta improcedente acceder a su petición”.