Lo que faltaba. Para el 2017 se prevé un peso de impuesto por cada litro de productos lácteos saborizados, por lo cual las leches con sabor y todas las que incorporen azúcar durante su proceso de fabricación estarán sujetas al nuevo impuesto.
En ello se incluye la leche de coco, de almendra, deslactosada, pasteurizada, ultrapasteurizada, evaporada y deshidratada.
La Resolución Miscelánea 2017 establece que productos lácteos y productos lácteos combinados están sujetos al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) “aplicable a bebidas saborizadas cuando en su proceso de elaboración se disuelvan azúcares en agua… en la enajenación o, en su caso, en la importación de bebidas saborizadas que contengan cualquier tipo de azúcares añadidos, se aplicará una cuota de un peso por litro”, ello de acuerdo con el Artículo 2, fracción I, inciso G de la Ley del IEPS.
En tanto, el artículo 3, fracción XVIII de dicha Ley, define las bebidas saborizadas como “las bebidas no alcohólicas elaboradas por la disolución en agua de cualquier tipo de azúcares y que pueden incluir ingredientes adicionales tales como saborizantes, naturales, artificiales o sintéticos, adicionados o no, de jugo, pulpa o néctar, de frutas o de verduras o de legumbres, de sus concentrados o extractos y otros aditivos para alimentos, y que pueden estar o no carbonatadas”.
Al respecto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) declaró que no existe nuevo gravamen a los lácteos, que la publicación donde se sustenta el supuesto, hecha en su página de Internet del pasado 14 de diciembre, es una aclaración al criterio normativo 6 de 2015.
Mediante comunicado de prensa, el organismo recaudador aclaró que se mantiene vigente el Acuerdo de Certidumbre Tributaria que se lanzó desde la Presidencia de la República para no crear nuevos impuestos.