Por unanimidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió despenalizar el aborto en caso de violación, si se realiza la práctica en los primeros 90 días de gestación.
De esta manera se resolvió el amparo promovido por los representantes de una menor de edad, en el estado de Chiapas, con afectaciones por parálisis cerebral y que fue víctima de violación.
“El Estado no puede obligar a la mujer víctima de violación a asumir sacrificios en su persona, como lo es continuar con un embarazo, y a ofrendar sus propios derechos en beneficios de terceros o del interés general”, se resolvió en la resolución de la Primera Sala.
Tras este veredicto, Chiapas, Baja California, Colima, Chihuahua, Hidalgo, Veracruz y Quintana Roo son los estados que establecen un plazo de 90 días como límite temporal para la práctica de un aborto a un embarazo producto de una violación, mientras que en Coahuila, Campeche y Michoacán es de 12 semanas, 84 días.