#Nacionales Si realizas teletrabajo la empresa debe pagar tu internet, luz, equipo de cómputo

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Con 426 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal del Trabajo para avalar y regularizar en México el teletrabajo, también conocido como home office.

El dictamen aprobado por los diputados, que ya fue remitido al Senado, establece que se considerará como teletrabajo a las labores que se realicen en un sitio distinto a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo, además de que se utilicen las nuevas tecnologías de información y la comunicación.

Asimismo, se establece que se deberán respetar los derechos laborales de los trabajadores que se desempeñen bajo esta modalidad, como tener acceso a la seguridad social, así como el derecho a la desconexión: es decir, que no sean requeridos por sus empleadores fuera de las horas de trabajo.

Además, los legisladores aprobaron que los empleadores deberán asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de la electricidad.

De igual manera, los patrones deberán respetar los datos personales y el derecho a la intimidad de los empleados.

Los trabajadores, por su parte, deberán tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del empleador, como son, por ejemplo, computadoras o celulares.

En resumen, así se regulará el teletrabajo
Tiene que ser voluntario tanto para el trabajador como para las empresas y se debe contemplar la posibilidad de que sea reversible «el trabajador debe tener la garantía de que su puesto de trabajo presencial estará disponible cuando le sea posible regresar al centro de trabajo».
En principio debe haber un contrato por escrito en el que haya datos generales de trabajador y patrón, naturaleza del trabajo, monto del salario y modo de pago.
Se debe especificar el equipo e insumos de trabajo, descripción y costo mensual por el servicio de Internet, duración de la jornada laboral -con descanso para tomar alimentos-, mecanismos de comunicación y supervisión que utilizarán las partes.
El patrón debe tener claro que debe proporcionar, instalar y dar mantenimiento a los equipos (cómputo) necesarios, sillas, impresoras, asumir el pago de servicios y parte proporcional de electricidad y respetar el derecho a desconectarse.
Los trabajadores están obligados a guardar y conservar equipos, atender las políticas y protección de la información de la empresa; asimismo, es posible el cambio de modalidad ya sea presencial o teletrabajo y siempre será voluntario.
Redacción–noticias/tiempodigital/financiero

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