Quitan a divorciados plazo para volver a contraer matrimonio

Escuchar Nota :
[responsivevoice_button voice="Spanish Female" buttontext="Play"]


La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la prohibición para contraer matrimonio durante cierto tiempo después de un divorcio, prevista en varios códigos civiles estatales.

La Primera Sala de la Corte concedió ayer un amparo contra el artículo 343 del Código Civil de Guanajuato, que fija plazo de un año para casarse si el divorcio fue voluntario, y de dos años si se decretó divorcio por culpa de una de las partes.

“Estas condiciones resultan restrictivas, pues sujetar a determinada temporalidad la celebración de un nuevo vínculo matrimonial una vez que el anterior ha sido disuelto, impide el ejercicio de los derechos y libertades del ser humano a contraer nupcias cuando así lo deseé.

“Soslayando que tal decisión se ubica dentro del ámbito de la libre voluntad de las personas, cuya prohibición resulta constitucionalmente inadmisible por vulnerar el derecho a la libre determinación”.

Comenta con tu cuenta de Facebook