La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró el criterio de que la prohibición absoluta del consumo lúdico de la marihuana es inconstitucional.
Durante la sesión de la Primera Sala de la Corte, una mayoría de cuatro ministros votaron por conceder un amparo para que el abogado Ulrich Richter Morales, obtenga un permiso expedido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para cultivar y consumir su propia marihuana sin fines de comercio sino con fines “meramente lúdicos y recreativos”.
El único ministro que se pronunció contra la propuesta fue Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien realizó el proyecto conforme al criterio de la mayoría de los integrantes de la Primera Sala y anunció que emitirá un voto concurrente que será publicado una vez que el engrose de la sentencia esté listo.
En consecuencia, con el fallo de la Primera Sala fueron declarados inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben el consumo de la droga, tal como ocurrió con un amparo resuelto a propuesta del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea en noviembre de 2015.
Al tratarse de la segunda resolución emitida en este sentido, la Sala deberá notificar al Congreso de la Unión porque con tres más en el mismo sentido y sin ninguna en contrario se podría iniciar el proceso de declaratoria general de inconstitucionalidad.
Lo que permitiría que con 8 votos de los 11 integrantes del Pleno de la Corte se invaliden los artículos que prohíben el uso de la marihuana con fines lúdicos.