La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) dio a conocer las actividades permitidas y no permitidas dentro del Área de Protección de Flora y Fauna Nevado de Toluca, así como las reglas administrativas que deberán cumplir los visitantes o usuarios, durante el desarrollo de sus tareas dentro de la zona.
Para ello, publicó un resumen del Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna Nevado de Toluca, ubicada en los municipios de Almoloya de Juárez, Amanalco, Calimaya, Coatepec Harinas, Temascaltepec, Tenango del Valle, Toluca, Villa Guerrero, Villa Victoria y Zinacantepec en el Estado de México, así como el plano de localización.
El Nevado de Toluca constituye un área biogeográfica relevante a nivel nacional, ya que es representativa de varios ecosistemas que requieren ser preservados y restaurados, y es hábitat de especies típicas de la biodiversidad nacional.
Por la variedad e intensidad de las actividades humanas que se registran actualmente en su territorio, es necesario promover esquemas de manejo en donde se privilegie la conservación y se promueva un aprovechamiento de los recursos naturales bajo esquemas de sustentabilidad.
Esto es, que se pueda usar los recursos naturales sin comprometer su permanencia, de acuerdo a reglas claras y a una subzonificación que funcione como un instrumento técnico y dinámico de planeación de las actividades en el área.
Ello, con la finalidad de que dicho manejo represente una alternativa económica para los propietarios de los terrenos ubicados dentro del área natural protegida, a la vez que se garantice la conservación de los ecosistemas del Nevado de Toluca.
De acuerdo con las reglas administrativas, los prestadores de servicios turísticos que pretendan desarrollar sus actividades dentro del Nevado de Toluca, deberán cerciorarse de que su personal y los visitantes que contraten sus servicios cumplan con lo establecido en las presentes Reglas.
Deben informar a los usuarios que están ingresando a un Área Natural Protegida, en la cual se desarrollan acciones para la conservación de los recursos naturales y la preservación del entorno natural y hacer de su conocimiento la importancia de su conservación y la normatividad que deberán acatar durante su estancia.
En tanto, los visitantes caminarán exclusivamente en los caminos establecidos; el consumo de alimentos lo harán en las áreas designadas para tal fin; no deben molestar, remover, extraer, retener, colectar o apropiarse de la vida silvestre y sus productos; ni apropiarse de fósiles o piezas arqueológicas, así como tampoco alterar los sitios con valor histórico y cultural.
Tienen prohibido verter o descargar contaminantes en el suelo, subsuelo y cualquier clase de cauce, vaso o acuífero, así como desarrollar cualquier actividad contaminante.
Las violaciones al presente instrumento serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y sus reglamentos, y demás disposiciones legales aplicables, puntualiza el acuerdo que entrará en vigor este sábado.
Redacción–excelsior