El Instituto Mexicano del Seguro Social implementó una modalidad de incapacidad a través de sus plataformas por Covid-19, que dura 14 días y es aceptada en las fuentes de trabajo como un documento oficial.
Ante la nueva normalidad que ha significado la pandemia por Covid-19, resulta imprescindible que las empresas conozcan y se aclaren dudas de una nueva modalidad de incapacidad con que cuenta el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como es el Permiso Covid.
Durante la Junta mensual virtual de socios de la Asociación de Recursos Humanos de la Industria de Tijuana (Arhitac), que preside Heriberto Galindo Aguirre, se tuvo como invitada especial a la doctora Margarita Arguelles Sandoval, Coordinadora de Salud en el Trabajo del IMSS, delegación Baja California, con el tema “¿Qué lineamientos o mecanismos se están utilizando para incapacitar a los colaboradores por Covid?”.
La Dra. Arguelles refirió que el trabajador cuenta con la modalidad de Permiso Covid, que es un permiso especial por contingencia, el cual se tramita desde plataformas digitales con el fin de evitar el desplazamiento de las personas y así evitar cadenas de contagio.
El Permiso Covid consiste en el otorgamiento de 14 días de incapacidad, contando a partir del primer día de síntomas del empleado, quien será quien lo solicite a través de la página oficial del IMSS, o bien, mediante la app diArguelle
“Este permiso es homologable a la incapacidad temporal por enfermedad laboral general, pero con sus diferencias, por lo que es importante que las empresas lo conozcan”, aclaró la Dra. Margarita Arguelles.
Detalló que el Permiso Covid es para manejar la sana distancia, por lo que el trabajador no debe acudir a ningún centro hospitalario, sino resguardarse en su casa; es una incapacidad de una sola expedición; es de máximo 14 días y no se incluye en el expediente clínico.
Cuando se trata de una incapacidad por enfermedad general, abundó, ésta se otorga al acudir físicamente a consulta, siendo el médico tratante quien la emite; la cantidad de días depende del cuadro clínico; pueden ser en varias expediciones y se incluye en el expediente del trabajador.
“El certificado de incapacidad es el documento legal emitido por los médicos del IMSS, el cual ampara al trabajador durante su ausencia laboral con el patrón, permite el cobro de subsidios y libera la obligación patronal de pago de cuotas, y esto aplica para ambos tipos de incapacidad”, señaló la coordinadora.
Por su parte, Heriberto Galindo Aguirre, presidente de Arhitac, destacó la relevancia de conocer este tipo de información, toda vez que las organizaciones empiezan a reactivar sus operaciones y es necesario que sepan los cambios ante la nueva normalidad.