#Nacionales Juez ordena cambiar de módulo a ‘El Güero’ Palma para evitar contagiarse

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Él y otros reos dieron negativo a las pruebas de covid

Un juez federal ordenó a las autoridades del penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, cambiar de módulo al capo Héctor Luis El Güero Palma Salazar, así como a otros reos que señalaron que están en un área donde hay internos contagiados por covid-19, motivo por el cual su salud corre peligro.

De acuerdo con registros judiciales, el compadre del ex líder del cártel de Sinaloa, Joaquín El Chapo Guzmán, señaló que él y otros reos dieron negativo a las pruebas de covid, pero los mantienen en el módulo donde hay personas que contrajeron el virus.

Ante esta situación, Juan Manuel García Arreguín, juez Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, dijo que si los quejosos no presentan síntomas ni se les ha diagnosticado como positivos a SARS-CoV2 (covid-19), “de inmediato” tienen que ser retirados de dicha área, y ser reubicados en otra, por lo menos 15 días, antes de ponerlos con la población en general.

Por esta razón, el juzgador otorgó El Güero Palma y a los otros reos una suspensión de plano, la cual debe ser cumplida de inmediato por las autoridades penitenciarias.

García Arreguín puntualizó que se debe evitar la propagación del virus entre los internos.

“De ahí que, si como lo aducen los quejosos, dieron negativo a la prueba de covid y aun así fueron colocados en la zona destinada para los internos que dieron positivo a dicho virus; ello, si se traduce en un trato cruel e inhumano, que pone en riesgo su salud, integridad corporal y hasta su vida.

“Sin embargo, dada la facilidad de la propagación del virus, debe otorgárseles la suspensión de plano si es que resultaron negativos al virus SARS-CoV2, para el efecto de que no se les coloque en la zona de alto riesgo de contagio de covid destinada para internos que dieron positivo a dicho virus y para que, previo a reincorporarlos a la población en general, se les coloque en una zona de observación distinta por 15 días, al ser este el plazo que la Organización Mundial de la Salud declaró como periodo de incubación del brote del virus”, detalla el acuerdo.

Lo anterior, puntualizó el juzgador, no implica un aislamiento completo y segregación, motivo por el cual se debe cuidar y observar en todo momento el Protocolo de Actuación para la Atención de covid-19, al interior de Centros Federales de Reinserción Social y el Plan Operativo para la Atención del covid-19.

“…y una vez transcurrido dicho plazo, se les realicen las pruebas necesarias que determinen si continúan siendo negativos al virus, antes de reintegrarlos a la población en general, ya que de no proceder de esta manera, el riesgo se potencializaría, por lo que deben tomarse las medidas pertinentes, adecuadas, eficaces y eficientes para salvaguardar su derecho fundamental de protección de la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social, entre otras libertades y derechos, por ser precisamente una garantía fundamental e indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos”, manifestó el juzgador.

El 13 de julio, El Güero Palma fue ingresado al penal porque un Tribunal Federal revocó la sentencia que lo absolvió del delito de delincuencia organizada, y se ordenó reponer el procedimiento para que se busque a dos testigos protegidos que declararon contra el capo, quienes por seis años han permanecido ilocalizables.

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