Tribunal Electoral llama a cuentas a consejeros de Jalisco

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La Sala Superior del Tribunal Electoral federal acreditó que funcionarios del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco omitieron entregar información en forma reiterada a la consejera Erika Cecilia Ruvalcaba Corral, lo que le impedía ejecutar sus funciones o bien, realizarlas de forma tardía.

En sesión pública, la y los magistrados estimaron procedente dar vista al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), a efecto de que analice el actuar profesional de los integrantes del Instituto Electoral para que en ejercicio de sus funciones determine lo que en derecho corresponda.

El magistrado Flavio Galván Rivera comentó que el Consejo General del INE tiene facultad de remoción y de vigilancia del adecuado funcionamiento de los colegiados que ha integrado a partir de la designación de cada uno de los consejeros.

“El que designa puede remover y el que puede remover puede vigilar y tomar las medidas precautorias necesarias para evitar que un órgano colegiado no funcione adecuadamente, son funciones del Estado, somos servidores públicos y estamos para el servicio público no para los pleitos internos”, recalcó.

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El magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Constancio Carrasco Daza, indicó que la lógica en darle vista al INE es que conozca de los hechos denunciados por la consejera para que sean investigados y, después de una investigación, determinar las responsabilidades de los involucrados.

La magistrada María del Carmen Alanis votó a favor del proyecto, aunque emitió un voto concurrente dado que consideró que este caso constituye acoso y violencia laboral, dado que no se le entregaba información a la consejera ni tampoco se le permitía formar parte de las comisiones.

Alanis Figueroa respaldó la vista al INE para que se tomen las medidas correspondientes a fin de sancionar conductas de ese tipo, toda vez que a este órgano corresponde su designación.

De igual forma se pronunció por la creación de una vía administrativa que permita sancionar acciones similares, lo cual se podría realizar a través de la emisión de un reglamento que inhiba el acoso y actos de intimidación hacia las consejeras.

El magistrado Salvador Nava Gomar señaló que no deja de llamar la atención que el órgano que organiza los comicios, los debates, el diálogo con la sociedad, el respeto entre los contrincantes, el debate vigoroso no pueda llevar un colectivo de sus órganos pares.

“Que un integrante de un órgano electoral o de un órgano colegiado tenga que venir aquí para tutelar su derecho a la información, de información necesaria para poder ejercer con su encargo, me parece muy grave”, expuso.

El magistrado Pedro Esteban Penagos destacó que Ruvalcaba Corral adujo que no se le entregaba la información correspondiente para poder ejercer a plenitud el encargo que le fue confiado, esto es, intervenir en las discusiones y en la votación de los plenos convocados.

Esto es, no se le entregaba la información del presidente ni de los directores del Organismo Público Electoral Local.

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