Friday 03 de May del 2024

NO ES BROMA: Los amantes podrán reclamar pensión

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A partir de hoy entró en vigor la nueva Ley de Familia, donde se establece que las personas que tienen una relación con una persona casada podrán solicitarle pensión alimenticia, presentando evidencias como fotos o mensajes que demuestren que hubo tal relación, así como la dependencia emocional y económica, así se dio a conocer a través del portal de noticias Vanguardia.

Hace un año, el Congreso del Estado aprobó tal modificación a dicha Ley, pero fue hasta hoy que se cumplieron todos los requisitos para que entrara en vigo y que se pueda obligar a conceder la pensión a la persona que tras sostener una relación con alguien casado o en concubinato demuestre quedar ‘desprotegida’.

De acuerdo con Vanguardia, esta ley no solamente mujeres que tuvieron una relación con un hombre casado podrán pedir la pensión alimenticia, también hombres a mujeres casadas, hombres a hombres o mujeres a mujeres, es decir de relaciones del mismo sexo.

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Las personas que tuvieron una relación sentimental con alguna persona casada tienen derecho a exigirle una pensión alimenticia ante un Juzgado Familiar, donde deberán interponer la demanda correspondiente para empezar con el proceso legal.

En el Artículo 284 se establece este derecho, siempre y cuando la relación de pareja esté fundada en la afectividad, el consentimiento y la solidaridad aceptada.

Según Vanguardia, deben demostrar que sostuvieron una relación de convivencia estable, aunque una de las dos partes esté casada o viva en concubinato con otra persona, además de acreditar que existe dependencia económica o emocional.

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